Leído por reconocimiento óptico ·
confianza 0.93.
Puede tener errores, y por eso se enseña el escaneo al lado.
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, sobre la necesidad
de obtener nuevos informes en la tramitación y
aprobación de instrumentos de planeamiento urbanístico general
y de planeamiento urbanístico de desarrollo y del informe
emitido por el Letrado de la Sección de Proyectos, con fecha 21
de marzo de 2019, constan en el expediente los siguientes
informes:
Informe del Arquitecto de Patrimonio, de fecha 5 de enero de 2022,
relativo a las condiciones de accesibilidad del Plan Especial. (Ley
8/1993, de 22 de Junio, de Promoción de la Accesibilidad y
Supresión de Barreras Arquitectónicas).
Informe favorable del Director General de Telecomunicaciones y
Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, de
fecha 26 de noviembre de 2021, en relación con la adecuación del
Plan Especial a la normativa sectorial de telecomunicaciones (Ley
9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones).
Informe Ambiental Estratégico, emitido por el Director General de
Medio Ambiente y Sostenibilidad, con fecha 9 de mayo de 2022, en
el que concluye que no se aprecia que el Plan Especial pueda
suponer efectos significativos en el Medio Ambiente y señala una
serie de consideraciones a tener en cuenta para el desarrollo del
Plan Especial. Las conclusiones del referido informe ambiental han
sido recogidas en el documento presentado para aprobación
definitiva.
ru Informe.“sobre la viabilidad económica del documento de Plan
N Espegíal en relación con el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30
"de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
úelo y Rehabilitación Urbana, emitido con fecha 20 de junio de
¿2022 por el Director General de Presupuestos y Contabilidad del
7 ayuntamiento de Móstoles. previos informes del Arquitecto de
E) / Patrimonio (de fecha 17 de junio de 2022), del Técnico adjunto a la
7 D.G de Gestión Tributaria y Recaudación (de fecha 9 de mayo de
2022) y del Responsable de Obras, Infraestructuras y
Mantenimiento de las Vías Públicas (de 28 de abril de 2022).
Asimismo, el documento a aprobar contiene justificación sobre el
cumplimiento de la siguiente normativa:
Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e
Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid.
Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero de Protección Jurídica del
Menor
Ley 40/2003 de 18 de noviembre de Protección de Familias
Numerosas. Sobre infancia, la adolescencia y la familia
La valoración jurídica de los hechos expuestos es la siguiente:
Pleno - 13/07/22
Pág. 14/37