Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 13 de julio de 2022

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2022-07-13
PSOE 2019–2023 · Noelia Posse Gómez
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
37 con texto de 37
Huella sha256 del fichero
f609e971e07c34b773a77f15e8decf24f22e320c9574be1c84b3cee08d9956a0

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Esto dice el papel

sin escaneo guardado

De este documento no se conserva imagen. Solo se guardan las páginas que pasaron por revisión visual — 140 de todo el catálogo—, así que para la mayoría el papel hay que verlo en su fuente.

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Esto hemos leído

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Ayuntamiento de Móstoles Primero: El Plan Especial promovido, a iniciativa particular de Doña Juana Pontes González, contiene todas las determinaciones y documentación necesaría exigida para los mismos en los artículos 51 y 52 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid (L.S.C.M) y 77 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio; así como en el Plan General de Ordenación Urbana de Móstoles, Revisión y Adaptación, aprobada definitivamente por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 15 de enero de 2009 (B.0.C.M. n* 81, de 6-4-09). Segundo: Así mismo, el objeto de :este Plan Especial, indicado en los antecedentes de hecho, responde 'a las finalidades previstas para este tipo de: instrumentos de planeamiento en el artículo 50.1 de la Ley del Suelo:de la Comunidad de Madrid, Tercero: Según consta.en los antecedentes de hecho mencionados, tras la aprobación inicial se sometió este Plan Especial al trámite reglamentario de información pública y audiencia a los interesados. N Habiendo-sido emitidos los preceptivos informes técnico y jurídico y Cc imentados los «requisitos previstos: tanto .en:la normativa “urbanística: como en el Reglamento “Municipal de Procedimiento ' Administrativo aprobado por Acuerdo del Pleno de 14 de mayo de 2009 [R.M.P.A.] y recordando que el Órgano competente para adoptar el acuerdo de aprobación, es el Pleno de conformidad con lo establecido enel artículo 61.4 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid. Quinto: coo : De acuerdo con el art. 66 de la Ley del Suelo 9/2001 de la Comunidad de Madrid sobre Publicación y vigencia de los Planes de Ordenación Urbanística: 1. Se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente al depósito del correspondiente Plan de Ordenación Urbanística, o de su modificación o revisión, en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística: a) El acuerdo de aprobación definitiva, por disposición de la Administración que lo haya adoptado. b) El contenido íntegro de la parte del Plan cuya publicación exija la legislación de régimen local, por disposición del Municipio o de la Comunidad de Madrid, cuando proceda. Pleno - 13/07/22 Pág. 15/37

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.