Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 537

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
20 con texto de 20
Huella sha256 del fichero
0e1516cf756b3cc65d4af4a76b25090be458b9b81f87a5e5cc0645486d08bf9b

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Asunción Pose García, cuyo contenido estimado tendrá en el futuro documento de Proyecto de Reparcelación. Asimismo, por estimar que estas alegaciones no afectan sustancialmente al documento de Plan Especial de Ordenación Pormenorizada del AOS-8 “Plaza del Pradillo” del Plan General de Ordenación Urbana de Móstoles, se INFORMA FAVORABLEMENTE SU APROBACIÓN DEFINITIVA”. Desde la perspectiva jurídica, quien suscribe Se adhiere plenamente al informe técnico emitido y en especial a las referencias que se hacen en el mismo con relación a que se tengan por interesados a los alegantes y sobre la indicación de que el momento en que se tendrá que resolver sobre las posibles indemnizaciones, no es el actual de tramitación del Plan Especial, sino que dichos extremos se resolverán en el Proyecto de Reparcelación que se apruebe en su día. Cuarto.- En virtud de lo establecido en el Art. 61.4 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid según el cual: “El Pleno del Ayuntamiento de los municipios con población de derecho o igual o superior a 150.000 habitantes, será el órgano competente para la aprobación definitiva de los Planes Parciales y Especiales, así como sus modificaciones. Cuando los Planes Parciales modifiquen la ordenación pormenorizada establecida por el Plan General, se requerirá informe previo de la Comisión de Urbanismo, el cual se emitirá respecto a las cuestiones estrictas de legalidad y a todo lo referente a la localización, características y obtención de las redes supramunicipales de infraestructura, equipamientos y servicios públicos”. Por todo ello se informa favorablemente la aprobación definitiva por el Pleno, del Plan Especial de Ordenación Pormenorizada AOS-8 “Plaza Pradillo”. “ Se PROPONE al Pleno, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 123.1 i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Resolver lo siguiente: Primero: Resolver las cuatro alegaciones formuladas en el periodo de información pública, estimando las mismas, unas total y otras parcialmente, en el sentido indicado en el hecho tercero de la valoración jurídica del informe del Coordinador General de Urbanismo de fecha 23 de febrero de 2011 y que se incorpora a la presente propuesta. Segundo: Aprobar definitivamente el PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN PORMENORIZADA DEL AOS-8 PLAZA DEL PRADILLO DEL PLAN GENERAL DE MÓSTOLES, con las modificaciones que resultan de las alegaciones formuladas y que han sido estimadas en el sentido anteriormente indicado. Tercero: Notificar, individualmente y en extracto, a cada uno de los alegantes la estimación de sus alegaciones en el sentido que a cada uno de ellos corresponda. Cuarto.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el BOCAM. PLENO 10.02.11 - Pág. 10/20 -

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.