Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 537

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
20 con texto de 20
Huella sha256 del fichero
0e1516cf756b3cc65d4af4a76b25090be458b9b81f87a5e5cc0645486d08bf9b

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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mediante la inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Tablón de Anuncios Municipal y en un diario de los de mayor difusión de la Comunidad Autónoma de Madrid, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que durante el periodo de información pública no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderán adoptados con carácter definitivo los anteriores acuerdos, no entrando en vigor hasta que se haya publicado el texto íntegro de las modificaciones acordadas, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Segundo: El acuerdo provisional fue publicado: a) En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, número 259, de 29 de Octubre de 2010. b) En el diario “La Razón” en la misma fecha 29-10-2010, respetando, igualmente, el plazo de exposición pública de 30 día hábiles, durante el cual estuvo puesto de manifiesto el expediente de referencia par su consulta en las oficinas municipales del Órgano de Gestión Tributaria y Recaudación y posibilitar la interposición de las reclamaciones que se estimaran oportunas por los interesados, mediante la presentación de escritos ante el Registro General de Entrada de Documentos de este Ayuntamiento. c) En el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, desde el día 2 noviembre de 2010 hasta el 7 de Diciembre de 2010, ambos inclusive. Habiéndose, por tanto, observado el plazo legal de exposición publica de 30 días a que hace referencia el artículo 17.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. d) Que una vez finalizado el periodo de exposición pública sin que se hubieran presentado reclamaciones - según informe emitido por el Departamento de Registro y Estadística- se entiende definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario. Y con fecha 21 de diciembre de 2010 se publica este acuerdo y el texto íntegro de las modificaciones de las Ordenanzas fiscales en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, número 304 , entrando en vigor el día 1 de enero de 2011. Tercero: Sin entrar en otras consideraciones, el escrito presentado por Dña. Mª Teresa Arcos Sánchez con D.N.I. número 5.402.768-E, en representación de REDTEL, ASOCIACIÓN DE OPERADORES DE TELECOMUNICACIONES, con CIF nº G-85112357 y domicilio en Madrid, 28108 Alcobendas, Avenida de Bruselas, 5, 3ª planta, con fecha 14 de enero de 2011, está claramente fuera del plazo concedido para examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimasen oportunas. La valoración jurídica de los antecedentes expuestos, es la siguiente: El expediente tramitado se ajusta a lo exigido por los artículos 15 a 17 del Real Decreto- Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en particular al cumplimiento de la publicación y PLENO 10.02.11 - Pág. 14/20 -

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.