Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 546

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
20 con texto de 20
Huella sha256 del fichero
fc1a27e865c5d0dec185b2a1a5b8531208cee64a52cc9e2e1ee15055c1b12ac8

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Zona Oeste 3.412 m2s Total 19.940 m2s La edificabilidad máxima de la parcela es de 0,5 m2/m2 sobre la parcela neta: 18777 X 0,5 = 9.388,5 m2 c (Edificabilidad máxima asignada a los usos complementarios 9.388,5 x 0,49 % = 4.600,36 m2c) Los usos complementarios, de acuerdo con el artículo VIII.4. de la Normas Urbanísticas Generales del Plan General sobre el régimen de complementariedad de usos, se permiten hasta un 49% de la superficie total edificada, con un máximo del 10% de ocupación de la reserva dotacional. Se entiende como uso complementario el que complementa funcionalmente a otro uso y, por consiguiente, su admisibilidad viene regulada por la del uso al que complementa. El Plan Especial define mediante la ordenanza ZU-D-PDO los siguientes parámetros: Uso genérico- equipamiento deportivo Uso predominante- deportivo Uso complementario: - hostelería y ocio - pequeño comercio, - docente (guardería) Ocupación máxima 30% Plazas de aparcamiento.- El documento localiza 84 plazas en superficie en el interior de la parcela. Las plazas definitivas se cuantificarán con el/los proyectos técnicos concretos de acuerdo con las determinaciones establecidas para los diferentes usos por el Plan General de Móstoles. Las cesiones de viario público de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, se realizarán urbanizadas mediante documento urbanístico de desarrollo.” La valoración jurídica de los hechos expuestos es la siguiente, de acuerdo con el informe jurídico de 13 de septiembre de 2011, del Coordinador General de Urbanismo de Móstoles, que se reproduce a continuación, es la siguiente: “Primero.- Legislación aplicable. - Art. 127.1.c Ley 7/1985 de 2 de abril de Bases de Régimen Local. - Art. 172,174 y 175 Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales (ROF). - Art. 50 a 52 y 59, 66, 101 y 102 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid. - Art. 76 a 85 del Reglamento de Planeamiento de 1978. - Plan General de Ordenación Urbana de Móstoles. Segundo.- Procedimiento para la tramitación del Plan Especial. PLENO. – Pág. 10/20

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.