Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 546

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
20 con texto de 20
Huella sha256 del fichero
fc1a27e865c5d0dec185b2a1a5b8531208cee64a52cc9e2e1ee15055c1b12ac8

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Esto dice el papel

sin escaneo guardado

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Esto hemos leído

Texto propio del PDF: lectura sin pérdida.

Como ya indicábamos en mi anterior informe de fecha 7 de julio pasado, el procedimiento de aprobación de los Planes Especiales, es el contenido en el Art. 57 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid 9/2001, por lo que habiéndose sometido a información pública tal y como se detalla en el informe de la Jefe de Servicio de Planeamiento, de fecha 9 de septiembre de 2011, y no constando alegaciones y constando igualmente en dicho informe que se han cumplido las condiciones establecidas en el acuerdo de aprobación inicial, procede ahora la aprobación definitiva por el Pleno Municipal. Por todo ello, y vistos los informes técnicos municipales, se informa favorablemente la aprobación definitiva por el Pleno Municipal del Plan Especial sobre parcela Club Social Parque Coimbra, Avda de los Sauces nº 47, Móstoles (Madrid) y según lo requerido por el Art. 66 de la Ley del Suelo 9/2001 de la Comunidad de Madrid que establece: “Artículo 66. Publicación y vigencia de los Planes de Ordenación Urbanística. 1. Se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente al depósito del correspondiente Plan de Ordenación Urbanística, o de su modificación o revisión, en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística: a) El acuerdo de aprobación definitiva, por disposición de la Administración que lo haya adoptado. b) El contenido íntegro de la parte del Plan cuya publicación exija la legislación de régimen local, por disposición del Municipio o de la Comunidad de Madrid, cuando proceda. 2. Los Planes de Ordenación Urbanística entrarán en vigor el mismo día de su publicación en la forma señalada en el punto anterior. 3. Los Planes de Ordenación Urbanística tendrán vigencia indefinida.” Se PROPONE al Pleno De acuerdo con lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 123 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 92 del Reglamento Orgánico Municipal. Resolver lo siguiente: Primero: Aprobación definitiva del PLAN ESPECIAL SOBRE PARCELA CLUB SOCIAL PARQUE COIMBRA, AVDA. DE LOS SAUCES Nº 47, MÓSTOLES MADRID Segundo: De acuerdo con lo requerido por el Art. 66 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, remisión del anuncio correspondiente al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid”. PLENO. – Pág. 11/20

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.