Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del Ayuntamiento de Móstoles del 25 de septiembre de 2025

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2025-09-25
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
42 con texto de 42
Huella sha256 del fichero
addbde2766bac90ffacaf0cc6e13ab6359b16e0d8b52f9cf5020197581b61d6e

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Vista la Propuesta de Resolución presentada por el Director General de Presupuestos y Contabilidad, accidental y elevada al Pleno por el Concejal de Hacienda, Presidencia y Recursos Humanos del siguiente contenido literal “Tramitado el expediente de referencia, el funcionario que suscribe formula la siguiente propuesta de resolución, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 225 d) en relación a los artículos 92 y 143 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de 29.4.05). Asunto: DACIÓN DE CUENTA AL PLENO DE LA CORPORACIÓN DE LA APROBACIÓN DEL CÁLCULO DEL COSTE EFECTIVO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS 2024 DEL AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES Interesado: Expediente iniciado de oficio por la Dirección de Contabilidad y Presupuestos. Concejalía de Hacienda, Presidencia y Recursos Humanos Procedimiento: Ordinario Examinado el procedimiento iniciado referente al asunto indicado se ha apreciado los HECHOS que figuran a continuación: 1.- Vista la obligación de este Ayuntamiento de informar antes del 1 de noviembre, del coste efectivo de sus servicios públicos, relativos al año anterior, y de conformidad con la Disposición Transitoria Única de la Orden HAP/2075/2014, de 6 de noviembre, por la que se establecen los criterios de cálculo del coste efectivo de los servicios prestados por las entidades locales. 2.- Considerando lo establecido en el artículo 116 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, todas las Entidades Locales deberán calcular el coste efectivo de los servicios que prestan y comunicarlo al Ministerio de Hacienda para su publicación. Para completar lo dispuesto en el citado precepto, el artículo 2 de la Orden HAP/2075/2014, de 6 de noviembre, por la que se establecen los criterios de cálculo del coste efectivo de los servicios prestados por las entidades locales, añade que deberá calcularse de «todos los servicios que presten directamente o indirectamente a través de entidades y organismos vinculados o dependientes». Así visto, y tal y como ordena la Disposición Transitoria Única de dicha Orden, las Corporaciones Locales deben remitir al Ministerio de Hacienda el coste efectivo de los servicios públicos que presten, bien directamente, bien a través de entidades y organismos vinculados o dependientes, referido al ejercicio anterior, antes del 1 de noviembre de cada año. Pleno - 25/09/25 Pág. 16/42

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.