Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del Ayuntamiento de Móstoles del 25 de septiembre de 2025

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2025-09-25
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
42 con texto de 42
Huella sha256 del fichero
addbde2766bac90ffacaf0cc6e13ab6359b16e0d8b52f9cf5020197581b61d6e

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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cambio climático y transición energética, obliga a incorporar criterios medioambientales y de sostenibilidad energética de forma transversal y preceptiva en toda contratación pública, en línea con los principios informadores de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público. Además los artículos 125, 126, 145.2 y 201 de la Ley 9/2017 avalan la integración de cláusulas medioambientales y sociales en la contratación pública, y legitiman la ponderación explícita de criterios alineados con los objetivos de desarrollo sostenible y transición ecológica justa. La experiencia demuestra, sin embargo, que la mera inclusión de criterios técnicos u objetivos no siempre integra plenamente la realidad ni permite adaptar la evaluación al contexto social, ambiental y económico local. Por ello, se propone que este Ayuntamiento consolide la inclusión de cláusulas subjetivas, con baremación específica, que vayan mucho más allá del mero postureo, como son el que se acoten las zonas de obras o se haga limpieza de las mismas de forma frecuente o diaria. Son necesarias clausulas reales y que otorguen mayor peso a las iniciativas innovadoras, integrales e interseccionales propuestas por las empresas, priorizando así a quienes articulen un compromiso acreditado con la justicia ambiental, la huella de carbono, la circularidad y el impacto social positivo. Esta iniciativa contribuirá activamente a la lucha contra el cambio climático, a la dinamización de empresas responsables y a la creación de tejido productivo comprometido con la sostenibilidad y la justicia ecológica, alineando la gestión municipal con una transformación social y medioambiental imprescindible. Por todo lo expuesto solicitamos al pleno de este Ayuntamiento los siguientes: ACUERDOS PRIMERO.- En toda licitación municipal para obras, concesiones, servicios y arrendamientos se incorporarán cláusulas medioambientales de carácter subjetivo, debidamente motivadas y baremadas, que permitirán valorar: 1. El grado de innovación ambiental propuesto. 2. Las medidas adicionales voluntarias en reducción de emisiones y huella de carbono. Pleno - 25/09/25 Pág. 22/42

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.