Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario el 26 de octubre de 2023

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2023-10-26
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
43 con texto de 44
Huella sha256 del fichero
e09a7e3e68333dd64a5005f5d782e383388f38a0a330a5ecf9417f54aa666230

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Examinado el procedimiento de referencia, y de acuerdo con los FUNDAMENTOS DE DERECHO que figuran a continuación: PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno del Sector Público Local, los resultados de cada una de las actuaciones de control desarrolladas por el órgano Interventor, se documentarán en informes escritos, de acuerdo con el siguiente procedimiento: e El órgano interventor deberá elaborar un informe de auditoría con carácter provisional, que será remitido al titular del órgano gestor, concediendo a éste un plazo de quince días hábiles podrá efectuar las alegaciones que considere convenientes. . Sobre la base del informe provisional, y en su caso, de las alegaciones recibidas del órgano gestor, se emitirá el informe de control financiero definitivo, en el que se expondrán de forma clara, objetiva y ponderada los hechos comprobados, las conclusiones obtenidas y, en su caso, las recomendaciones propuestas sobre las actuaciones objeto de control. SEGUNDO: El artículo 36.1 del Real Decreto 424/2017, por su parte, establece que los informes definitivos de control fiñanciero serán remitidos por el órgano interventor al gestor irecto de la actividad económico-financiera controlada y al Presidente de la Entidad Local, así como, a través de este último, al Pleno para su conocimiento. El análisis del informe constituirá un punto independiente en el orden del día de la correspondiente sesión plenaria. TERCERO: El presente informe definitivo de control financiero, suscrito el 19 de abril de 2023 por la Viceinterventora en funciones de Interventora General y el técnico adscrito a control financiero, además de ser remitido al correspondiente gestor directo, se trasladó con fecha 26 de abril de 2023 a Alcaldía y Secretaría General, con objeto de que este fuera incluido en el orden del día del primer Pleno Municipal celebrado y con ello proceder a dar cuenta del mismo. CUARTO: Por razones indeterminadas este Informe no ha sido puesto en conocimiento del Pleno, impidiéndose con ello, trasladar por tanto las deficiencias, debilidades e incumplimientos detectados en la actuación de control realizada. En base a lo anterior, debe procederse a dar cuenta del Informe Definitivo de Contratación Menor del Ayuntamiento de Pleno - 26/10/23 Pág. 10/45

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.