Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario el 26 de octubre de 2023

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2023-10-26
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
43 con texto de 44
Huella sha256 del fichero
e09a7e3e68333dd64a5005f5d782e383388f38a0a330a5ecf9417f54aa666230

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Esto dice el papel

sin escaneo guardado

De este documento no se conserva imagen. Solo se guardan las páginas que pasaron por revisión visual — 140 de todo el catálogo—, así que para la mayoría el papel hay que verlo en su fuente.

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Esto hemos leído

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10/ 164.- DACION DE CUENTA DEL INFORME DEFINITIVO DE CONTROL FINANCIERO GASTOS DE PERSONAL, EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN EL RD 424/2017 POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTROL INTERNO DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO LOCAL. . Vista la Propuesta presentada por el Interventor General y T.A.E. del Área de Intervención y elevada al Pleno por el Sr. Alcalde, del siguiente contenido literal: “Tramitado el expediente de referencia, el funcionario que suscribe formula la siguiente propuesta de resolución, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 240 y 241 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de 29.4.05). Expediente: N* 08 / 2023 Asunto: DACIÓN DE CUENTAS DEL INFORME DEFINITIVO DE CONTROL FINANCIERO GASTOS DE PERSONAL DE MÓSTOLES EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN EL RD 424/2017 POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTROL INTERNO DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL. Interesado: Expediente iniciado de oficio por la Intervención Municipal. rocedimiento: Ordinario. Examinado el procedimiento de referencia, y de acuerdo con los FUNDAMENTOS DE DERECHO que figuran a continuación: PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno del Sector Público Local, los resultados de cada una de las actuaciones de control desarrolladas por el órgano Interventor, se documentarán en informes escritos, de acuerdo con el siguiente procedimiento: e El órgano interventor deberá elaborar un informe de auditoría con carácter provisional, que será remitido al titular del órgano gestor, concediendo a éste un plazo de quince días hábiles podrá efectuar las alegaciones que considere convenientes. . Sobre la base del informe provisional, y en su caso, de las alegaciones recibidas del órgano gestor, se emitirá el Pleno - 26/10/23 Pág. 16/45

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.