Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 507

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
22 con texto de 22
Huella sha256 del fichero
e2afff42da3eaf686a932542a50f2d0bc640074056c9768e4e18aa93c73bd1b4

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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CONSIDERANDO que se emite informe favorable del Sr. Secretario General por Sustitución base a la legislación vigente y con las siguientes consideraciones jurídicas: 1ª.- Señala la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al Servicio de las Administraciones Públicas, que el personal sometido a su ámbito de aplicación no podrá compatibilizar sus actividades con el desempeño, por si o mediante sustitución, de un segundo puesto de trabajo, cargo o actividad en el Sector Público, salvo en los supuestos previstos en la misma. En cualquier caso, el desempeño de su puesto de trabajo por el personal incluido en el ámbito de aplicación de la Ley es incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, público o privado, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometerse imparcialidad o independencia. 2ª.- Entre las excepciones a que se refiere el artículo 1.1 se encuentran precisamente las actividades relacionadas con la docencia en los términos establecidos en el artículo 4.1, del siguiente tenor literal: “Podrá autorizarse la compatibilidad, cumplidas las restantes exigencias de esta Ley, para el desempeño de un puesto de trabajo en la esfera docente como profesor universitario asociado en régimen de dedicación no superior a la de tiempo parcial y con duración determinada”. 3ª.- En el caso que no ocupa, la solicitud del funcionario se refiere precisamente al ejercicio de la docencia como profesor asociado en la Universidad Complutense de Madrid, Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, Departamento de Economía Aplicada VI (Hacienda Pública y Sistema Fiscal) y, de conformidad con la documentación apartada por el mismo, su dedicación a tiempo parcial es de 6 horas semanales para docencia + 6 horas de actividades tutoriales, por lo que no existe inconveniente legal para conceder la compatibilidad. 4ª.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de dicha ley, la resolución de compatibilidad para desempeñar un segundo puesto o actividad en el sector público o el ejercicio de actividades privadas se inscribirán en los registros de personal correspondientes. En virtud de dicho informe, y demás documentación obrante en el expediente, es por lo que viene a someter a la consideración y aprobación, si procede, por el Pleno de la Corporación la adopción del siguiente acuerdo: “Aprobación concesión de compatibilidad a D. Fernando Cobos Macías, Funcionario del Ayuntamiento con la categoría de Vice-Interventor, en los términos solicitados por el mismo.” PLENO.14.10.10 – Pág. 14/22

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.