Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 563

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

← Catálogo

Fuente
plenos
ir al original ↗
Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
17 con texto de 17
Huella sha256 del fichero
1a460328567e7d7d8aa69b801bd5aac251d45c6cbfef9cbe2e93a5e3fa856bec

URL estable de esta ficha: http://auditoria.mlopezpalma.es/v6/documento/563

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17

Esto dice el papel

sin escaneo guardado

De este documento no se conserva imagen. Solo se guardan las páginas que pasaron por revisión visual — 140 de todo el catálogo—, así que para la mayoría el papel hay que verlo en su fuente.

Ver el documento original ↗

Se abre en el portal donde lo publicó la administración. Comprueba que su huella sha256 sigue siendo 1a460328567e7d7d… si quieres asegurarte de que no ha cambiado desde que lo capturamos.

Esto hemos leído

Texto propio del PDF: lectura sin pérdida.

Vista la Propuesta de Resolución presentada por el Jefe de la Policía Municipal y elevada al Pleno por el Concejal Delegado de Seguridad, del siguiente contenido literal: “Una vez tramitado el expediente de referencia, el técnico que suscribe formula la siguiente propuesta de resolución, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 225 d) en relación a los artículos 92 y 143 del Reglamento Orgánico Municipal aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de 29.4.05). Expediente nº PR/001/CS/ 2011/002 Asunto Propuesta de proyecto de Ordenanza Municipal reguladora de los vehículos abandonados en la vía pública. Interesado Concejalía de Seguridad. Procedimiento Aprobación de proyecto Ordenanza. Fecha de iniciación 24/08/2011. Examinado el expediente en relación con el asunto de referencia, se han preciado los Hechos que figuran a continuación: Primero : Teniendo constancia que en nuestro municipio se produce un número considerable de retiradas de vehículos de la vía pública, especialmente de vehículos en notorio estado de abandono por parte de sus propietarios los cuales omiten su obligación de entregar el vehículo al final de su vida útil bien directamente o a través de una instalación de recepción a un centro autorizado de tratamiento que realizará su descontaminación. Segundo : Debido a que las diferentes actuaciones y trámites que se tienen que realizar hasta la entrega del vehículo al Centro Autorizado de Tratamiento, conlleva un coste económico considerable que repercute a las arcas municipales, y no al verdadero obligado a soportarlos, que no es otro que el titular del vehículo. Tercero : Se hace necesario promover la creación de una Ordenanza municipal específica que contemple los supuesto de los vehículos abandonados en la vía pública, con posibilidad de incoar expediente sancionador y la exigibilidad al titular del vehículo abandonado, de los gastos que ello supone. La valoración jurídica de los hechos expuestos es la siguiente: 1º.-En cuanto al procedimiento de aprobación del Proyecto de Ordenanza: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85, el procedimiento es el siguiente: - Aprobación inicial por el Pleno. - Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias y resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. El mencionado artículo incluye un último párrafo, añadido por la Ley 11/99, de 21 de abril, de modificación de la Ley 7/85, en cuya virtud, en caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. PLENO. – Pág. 8/17

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.