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-Los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos sin dedicación exclusiva
percibirán por asistencia a los órganos municipales de los que formen parte una cantidad
mensual equivalente al 20% de la base de cálculo.
2.- Coordinadores de los Grupos municipales.
Los Grupos Políticos tendrán la posibilidad de nombrar un coordinador de Grupo, éste
podrá ser desempeñado por persona que no tenga la condición de Concejal, en cuyo caso
tendrá la naturaleza de personal eventual y su retribución será la asignada al personal de
plantilla municipal con categoría de administrativo. En el caso que el nombramiento recaiga
en un Concejal se le asignará una retribución del 85 por 100 de la base de cálculo. Esta
retribución podrá ser compartida en un máximo de dos Concejales, en cuyo caso,
corresponderá el 65% de la base a cada uno.
3.- Congelación de retribuciones en aplicación del Acuerdo Plenario de 10 de junio de 2010.
No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, durante el ejercicio 2011 los sueldos
del Alcalde y Concejales de la Corporación, tengan o no dedicación exclusiva, quedarán
congelados en las mismas cuantías percibidas desde 1 de junio del año 2010. Dichas
cuantías suponen una reducción, sobre la Base de cálculo de 2010, del 15 % para el
Alcalde, Tenientes de Alcalde, Portavoces y Concejales Delegados de Gobierno; del 10%
para los Concejales de la oposición en régimen de dedicación exclusiva y del 5% para los
Concejales sin dedicación exclusiva. Todo ello en aplicación del Acuerdo sobre reducción
de las retribuciones de los miembros de la Corporación y del Personal de confianza de este
Ayuntamiento, adoptado en el Pleno municipal de fecha 10/06/2010, por unanimidad de
todos los Grupos Políticos municipales.
Visto el artículo 94 del Reglamento Orgánico, por el que se regulan los Proyectos de
Acuerdo del Alcalde en materia de organización y oída la Junta de Portavoces.
En virtud de lo establecido en los apartados que anteceden se propone al Pleno de la
Corporación la adopción de los acuerdos siguientes:
1.-Las retribuciones anuales e indemnizaciones por asistencias para los miembros de la
Corporación se fijan en las cuantías siguientes:
Alcalde: 74.268,04 euros
Vicealcalde, Tenientes de Alcalde y portavoces de grupos políticos: 70.554,63 euros
Concejales delegados: 66.841,23 euros
Concejales sin delegación con dedicación exclusiva: 35.386,53 euros
Indemnización por asistencia a órganos colegiados de Concejales sin dedicación exclusiva:
16.601,09 euros.
2.- Las retribuciones anuales de Coordinadores de Grupo conforme a lo establecido en el
apartado 2 de los antecedentes se fijan en las cuantías siguientes:
PLENO. 27.06.2011
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