Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 543

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
25 con texto de 25
Huella sha256 del fichero
af95f20f6a011ae37b38e533b9f65e28d61df04e8016f0dc44b1248dd74b81e7

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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-Los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos sin dedicación exclusiva percibirán por asistencia a los órganos municipales de los que formen parte una cantidad mensual equivalente al 20% de la base de cálculo. 2.- Coordinadores de los Grupos municipales. Los Grupos Políticos tendrán la posibilidad de nombrar un coordinador de Grupo, éste podrá ser desempeñado por persona que no tenga la condición de Concejal, en cuyo caso tendrá la naturaleza de personal eventual y su retribución será la asignada al personal de plantilla municipal con categoría de administrativo. En el caso que el nombramiento recaiga en un Concejal se le asignará una retribución del 85 por 100 de la base de cálculo. Esta retribución podrá ser compartida en un máximo de dos Concejales, en cuyo caso, corresponderá el 65% de la base a cada uno. 3.- Congelación de retribuciones en aplicación del Acuerdo Plenario de 10 de junio de 2010. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, durante el ejercicio 2011 los sueldos del Alcalde y Concejales de la Corporación, tengan o no dedicación exclusiva, quedarán congelados en las mismas cuantías percibidas desde 1 de junio del año 2010. Dichas cuantías suponen una reducción, sobre la Base de cálculo de 2010, del 15 % para el Alcalde, Tenientes de Alcalde, Portavoces y Concejales Delegados de Gobierno; del 10% para los Concejales de la oposición en régimen de dedicación exclusiva y del 5% para los Concejales sin dedicación exclusiva. Todo ello en aplicación del Acuerdo sobre reducción de las retribuciones de los miembros de la Corporación y del Personal de confianza de este Ayuntamiento, adoptado en el Pleno municipal de fecha 10/06/2010, por unanimidad de todos los Grupos Políticos municipales. Visto el artículo 94 del Reglamento Orgánico, por el que se regulan los Proyectos de Acuerdo del Alcalde en materia de organización y oída la Junta de Portavoces. En virtud de lo establecido en los apartados que anteceden se propone al Pleno de la Corporación la adopción de los acuerdos siguientes: 1.-Las retribuciones anuales e indemnizaciones por asistencias para los miembros de la Corporación se fijan en las cuantías siguientes: Alcalde: 74.268,04 euros Vicealcalde, Tenientes de Alcalde y portavoces de grupos políticos: 70.554,63 euros Concejales delegados: 66.841,23 euros Concejales sin delegación con dedicación exclusiva: 35.386,53 euros Indemnización por asistencia a órganos colegiados de Concejales sin dedicación exclusiva: 16.601,09 euros. 2.- Las retribuciones anuales de Coordinadores de Grupo conforme a lo establecido en el apartado 2 de los antecedentes se fijan en las cuantías siguientes: PLENO. 27.06.2011 Pág. 16/25

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.