Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 543

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
25 con texto de 25
Huella sha256 del fichero
af95f20f6a011ae37b38e533b9f65e28d61df04e8016f0dc44b1248dd74b81e7

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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9/ 61.- PROYECTO DE ACUERDO DEL ALCALDE SOBRE APROBACIÓN DEL RÉGIMEN DE SESIONES DE LOS ÓRGANOS DE LAS JUNTAS DE DISTRITO, CALENDARIO DE CONSTITUCIÓN Y PROCEDIMIENTO DE SUSTITUCIÓN DE VOCALES. Visto el proyecto de acuerdo del Alcalde, del siguiente contenido literal: “1.- Las Juntas Municipales de Distrito son órganos municipales de gestión desconcentrada a las que corresponde el gobierno y administración de los distritos, siendo el Pleno de la Junta Municipal su máximo órgano representativo Conforme a lo previsto en el artículo 154.4 del Reglamento Orgánico, el mandato de los vocales del Pleno de las Juntas de Distrito coincide con el de la Corporación. Por otra parte, en el seno de las Juntas de Distrito se crean también los Consejos de Distrito, como órganos de participación directa del vecino y sus asociaciones en la vida municipal. Constituida la nueva Corporación tras las elecciones municipales, procede, por consiguiente, constituir los referidos órganos (Plenos y Consejos) de las Juntas de Distrito. 2.- Se considera oportuno mantener el régimen de sesiones fijado en el mandato anterior, estimándose adecuado que las sesiones de los órganos de los Distritos se celebren al principio de cada mes. Sin perjuicio de lo anterior y con el fin de atender posibles causas excepcionales o imprevistas que exijan un cambio de la fecha inicialmente prevista, se estima oportuno igualmente mantener la norma del mandato anterior, para flexibilizar las decisiones de los órganos correspondientes. 3.- Por otra parte, procede fijar las fechas de constitución, tanto de los Consejos (que a su vez han de nombrar vocales que deben integrar los Plenos) como de estos últimos órganos. 4.- Finalmente, para evitar la rigidez que supone el trámite ante el Pleno de la Corporación Municipal de los supuestos de sustitución de vocales designados por los Grupos Políticos, se propone el establecimiento de un mecanismo que, sin menoscabo de las garantías y requisitos legales en cuanto a los nombramientos y condiciones de los vocales, facilite la pronta sustitución de éstos. Visto el artículo 94 del Reglamento Orgánico Municipal aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de 29.4.05) sobre proyectos de acuerdo del Alcalde referidos a organización. Se propone al Pleno la adopción del siguiente ACUERDO : PLENO. 27.06.2011 Pág. 22/25

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.