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municipal, se estima oportuno deben ser las siguientes: Economía y Recursos Humanos,
Urbanismo y Servicios al Ciudadano.
En cuanto a su composición el artículo 175 del Reglamento Orgánico dispone que estarán
formadas por un máximo de siete miembros y todos los Grupos Políticos deben tener en
cada Comisión un número de miembros proporcional a su presencia en el Pleno; por lo que,
teniendo en cuenta el número de Concejales con que cuenta cada Grupo se estima
adecuada y proporcional la integración de cada Comisión por cuatro Concejales del Grupo
Municipal Popular, dos Concejales del Grupo Municipal Socialista y un Concejal del Grupo
Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes.
Visto el artículo 94 del Reglamento Orgánico, por el que se regulan los Proyectos de
Acuerdo del Alcalde en materia de organización.
Vistos los escritos de los Portavoces de los respectivos Grupos Municipales sobre
adscripción concreta de Concejales a cada Comisión.
SE PROPONE AL PLENO LA ADOPCIÓN DEL SIGUIENTE ACUERDO:
1.- Se constituyen las siguientes Comisiones permanentes:
1.1.- COMISIÓN DE ECONOMÍA, RECURSOS HUMANOS Y ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA que abarcará las áreas y Concejalías de Hacienda, Economía, Recursos
Humanos y Participación Ciudadana y Administración Pública1.
1.2.- COMISIÓN DE URBANISMO, que abarcará las áreas y Concejalías de
Urbanismo, Limpieza Viaria y Gestión de Residuos, Vivienda, Embellecimiento y
Mantenimiento de la Ciudad, Patrimonio, Transportes y Movilidad y Medio Ambiente.
1.3.- COMISIÓN DE SERVICIOS AL CIUDADANO, que abarcará las áreas y
Concejalías de, Educación y Cultura, Juventud, Deportes, Sanidad y Bienestar
Social, Igualdad y Nuevas Tecnologías y Seguridad2.
1.4.- COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS.
1.5.- COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LAS CONTRATACIONES.
1.6.- COMISIÓN DE SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES.
2.- Las Comisiones de Pleno relacionadas en los apartados 1.1 a 1.3 ejercerán las
funciones de estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la
decisión del Pleno; el seguimiento de la gestión del Alcalde y de la Junta de Gobierno Local
y los Concejales que ostenten delegaciones, de su equipo de gobierno, sin perjuicio del
superior control y fiscalización que, con carácter general le corresponde al Pleno; y las
funciones resolutorias que el Pleno les delegue; y celebrarán sesiones ordinarias con la
periodicidad establecida para las sesiones del Pleno.
1 Corrección in voce.
2 Corrección in voce.
PLENO. 27.06.2011
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