Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 557

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

← Catálogo

Fuente
plenos
ir al original ↗
Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
27 con texto de 27
Huella sha256 del fichero
2a8050ecf63eef234e5c2644049f0d26fe20be5557aa97a5c9fa786d5ebcb65d

URL estable de esta ficha: http://auditoria.mlopezpalma.es/v6/documento/557

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27

Esto dice el papel

sin escaneo guardado

De este documento no se conserva imagen. Solo se guardan las páginas que pasaron por revisión visual — 140 de todo el catálogo—, así que para la mayoría el papel hay que verlo en su fuente.

Ver el documento original ↗

Se abre en el portal donde lo publicó la administración. Comprueba que su huella sha256 sigue siendo 2a8050ecf63eef23… si quieres asegurarte de que no ha cambiado desde que lo capturamos.

Esto hemos leído

Texto propio del PDF: lectura sin pérdida.

- Art. 127.1.c Ley 7/1985 de 2 de abril de Bases de Régimen Local. - Art. 172,174 y 175 Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales (ROF). - Art. 50 a 52 y 59, 66, 101 y 102 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid. - Art. 76 a 85 del Reglamento de Planeamiento de 1978. - Plan General de Ordenación Urbana de Móstoles. Segundo.- Procedimiento para la tramitación del Plan Especial. Como ya indicábamos en mi anterior informe de fecha 1 de septiembre pasado, el procedimiento de aprobación de los Planes Especiales, es el contenido en el Art. 57 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid 9/2001, por lo que habiéndose sometido a información pública tal y como se detalla en el informe de la Jefe de Servicio de Planeamiento, de fecha 11 de noviembre de 2011, y no constando alegaciones y constando igualmente en dicho informe que se han cumplido las condiciones establecidas en el acuerdo de aprobación inicial, procede ahora la aprobación definitiva por el Pleno Municipal. Por todo ello, y vistos los informes técnicos municipales, se informa favorablemente la aprobación definitiva por el Pleno Municipal del PLAN ESPECIAL DE CONTROL DE USOS PLAN PARCIAL PP-6 PARCELA 3 MÓSTOLES, según lo requerido por el Art. 66 de la Ley del Suelo 9/2001 de la Comunidad de Madrid que establece: “Artículo 66. Publicación y vigencia de los Planes de Ordenación Urbanística. 1. Se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente al depósito del correspondiente Plan de Ordenación Urbanística, o de su modificación o revisión, en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística: a) El acuerdo de aprobación definitiva, por disposición de la Administración que lo haya adoptado. b) El contenido íntegro de la parte del Plan cuya publicación exija la legislación de régimen local, por disposición del Municipio o de la Comunidad de Madrid, cuando proceda. 2. Los Planes de Ordenación Urbanística entrarán en vigor el mismo día de su publicación en la forma señalada en el punto anterior. 3. Los Planes de Ordenación Urbanística tendrán vigencia indefinida.” Se PROPONE al Pleno De acuerdo con lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 123 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 92 del Reglamento Orgánico Municipal. Resolver lo siguiente: Primero: Aprobación definitiva del PLAN ESPECIAL DE CONTROL DE USOS PLAN PARCIAL PP-6 PARCELA 3 MÓSTOLES Segundo: De acuerdo con lo requerido por el Art. 66 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, remisión del anuncio correspondiente al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid”. PLENO 24.11.11. – Pág. 13/27

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.