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Urbanística, o de su modificación o revisión, en el registro administrativo de la Consejería
competente en materia de ordenación urbanística:
a) El acuerdo de aprobación definitiva, por disposición de la Administración que lo haya
adoptado.
b) El contenido íntegro de la parte del Plan cuya publicación exija la legislación de
régimen local, por disposición del Municipio o de la Comunidad de Madrid, cuando
proceda.
2. Los Planes de Ordenación Urbanística entrarán en vigor el mismo día de su
publicación en la forma señalada en el punto anterior.
3. Los Planes de Ordenación Urbanística tendrán vigencia indefinida.”
Sexto.- Finalmente con respecto al escrito del Canal de Isabel II de 28 de septiembre de 2011
con nº 50471 de registro municipal, se informa que la canalización denominada “Arteria
Móstoles-Deposito Parque Coimbra”, no se ve afectada por el ámbito de este Plan Especial.
Se PROPONE al Pleno
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las competencias que le atribuye el
artículo 123 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el
artículo 92 del Reglamento Orgánico Municipal.
Resolver lo siguiente:
Primero: Desestimar la alegación presentada por Jesús López Sánchez, por los motivos
expresados en el informe jurídico que obra en el expediente.
Segundo: Aprobación definitiva PLAN ESPECIAL DE MEJORA URBANA “ANTIGUA
CARRETERA NACIONAL” AFECTANDO A LA PARCELA SITUADA EN LA AVENIDA DE
PORTUGAL, S/N DE MÓSTOLES
Tercero: De acuerdo con lo requerido por el Art. 66 de la Ley 9/2001 del Suelo de la
Comunidad de Madrid, remisión del anuncio correspondiente al Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid.
Visto el dictamen de la Comisión de Pleno de Urbanismo de fecha 21 de
noviembre de 2011, en sentido favorable.
Tras las opiniones vertidas por los diferentes Grupos o miembros de la
Corporación, que constan en el correspondiente Diario de Sesiones.
La Corporación Pleno, por diecisiete votos a favor (correspondientes al Grupo
Municipal Popular), siete abstenciones (correspondientes al Grupo Municipal Socialista) y dos
votos en contra (correspondientes al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes), acuerda
la aprobación de la propuesta de resolución anteriormente transcrita.
El texto del documento que se aprueba consta en el expediente rubricado
marginalmente por el Secretario General como fedatario.
11/ 139.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN SOBRE APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE
DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO, MODALIDAD BAJA POR ANULACIÓN,
PLENO 24.11.11. – Pág. 20/27