Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 574

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
28 con texto de 28
Huella sha256 del fichero
14b15809851781191279e72424d76d69975f22e709cccd896ae66a26bb596f1b

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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COMISIÓN ESPECIAL DE SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES 16/ 18.- EXPOSICIÓN ANTE EL PLENO DEL INFORME ANUAL DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES CORRESPONDIENTE AL AÑO 2011 EN CUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 211.7 DEL REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL. Visto el informe anual de Sugerencias y Reclamaciones correspondientes al año 2011, elaborado por el Técnico de Administración General de Secretaría General, que fue aprobado en la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones celebrada el día 10 de enero de 2012 y que se presenta a este Pleno para su conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 205.1 del Reglamento Orgánico Municipal. El Pleno queda enterado. MOCIONES 17/ 19.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA LOS VERDES RELATIVA A INSTAR AL GOBIERNO DE LA NACIÓN PARA AÑADIR AL ARTÍCULO 106 DE LA LEY REGULADORA DE LAS HACIENDAS LOCALES, UN APARTADO EN RELACIÓN CON LAS TRANSMISIONES Y ADJUDICACIONES DE BIEN INMUEBLE A ENTIDAD FINANCIERA EN PAGO DE DEUDA PRESTADA. Vista la Moción presentada por el Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, del siguiente contenido literal : “La crisis económica ha supuesto un importante incremento de las ejecuciones hipotecarias como consecuencia de la imposibilidad de las familias a afrontar el pago de los préstamos suscritos para financiar la compra de la vivienda habitual. No hace falta insistir sobre la dramática situación social que conlleva la pérdida de la vivienda y la inutilidad de los esfuerzos económicos hechos durante años para liberar la carga financiera que para aquellas familias supuso probablemente la inversión más significativa de su vida: la compra de una vivienda. Así, en la actualidad quien se ve forzado a desprenderse de su vivienda debe además abonar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, también conocido como plusvalía municipal que se aplica a la diferencia entre el valor del suelo cuando desde que se adquirió hasta que se enajena por la razón que sea. Es decir, la plusvalía municipal es un impuesto que se aplica sobre unas ganancias obtenidas por la transmisión de inmuebles, en la mayoría de los casos por la transmisión de la vivienda. En los casos de desahucios por embargos bancarios como consecuencia de que los propietarios, generalmente familias sin recursos económicos, estos no sólo pierden su vivienda habitual, si no que de esa transmisión no obtienen ningún beneficio. Además de perder la vivienda y, en la mayoría de los casos, tener que seguir pagando la hipoteca o, en casos excepcionales y después de acuerdo con la entidad financiera, la PLENO. – Pág. 21/28

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.