Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 496

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
18 con texto de 18
Huella sha256 del fichero
36a99a1ce2f95d31973bb00818de3b065ae474cbc2b8786d8c85bc35f8de5685

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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- Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias y resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. El mencionado artículo incluye un último párrafo, añadido por la Ley 11/99, de 21 de abril, de modificación de la Ley 7/85, en cuya virtud, en caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. Dado que a nuestro municipio es de aplicación el régimen de los Municipios de Gran Población, se incluye en el procedimiento de aprobación un trámite más, que es el de aprobación del proyecto de Ordenanza por la Junta de Gobierno Local, tal y como se refleja en el artículo 127. 1.a) de la Ley 7/85, siendo asimilable el presente trámite a un dictamen de una Comisión Informativa, de acuerdo con el régimen que regía antes de la Ley 57/2003. 2º.--En cuanto a la competencia para la adopción de los correspondientes acuerdos: Una vez aprobado el Proyecto de Reglamento por la Junta de Gobierno Local, es de la competencia del Pleno la adopción de los restantes acuerdos, previo dictamen de la Comisión de Pleno competente por razón de la materia, siempre de acuerdo con sus normas de funcionamiento, recogidas en los artículos 67 y SS de nuestro ROM. 3º.-Respecto de las mayorías necesarias para la adopción de los sucesivos acuerdos por los Órganos competentes: Es necesaria la mayoría simple del número de miembros de la Corporación para la adopción del correspondiente acuerdo por el Pleno, y, por tanto, por la mayoría simple de los miembros de la Junta de Gobierno Local, por aplicación de los artículos 123 y 127 de la Ley 7/85 y 108 y 141 del ROM. 4º.-Sobre la entrada en vigor del Reglamento, una vez aprobado definitivamente por el Pleno: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/85, no entrará en vigor hasta que haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la misma Ley, que es el de 15 días hábiles desde que hayan recibido la comunicación del acuerdo de aprobación definitiva la Administración Estatal y Autonómica, plazo durante el cual ambas administraciones podrán, en su caso, requerir al Ayuntamiento la anulación de dicho acuerdo por considerar que el mismo invade competencias de las mismas y se haya publicado dicho acuerdo de aprobación definitiva e íntegramente su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. No se establece período de vacatio legis, sino que entra en vigor al día siguiente de la mencionada publicación; en este sentido se pronuncia la Disposición Final Segunda del Proyecto de Reglamento que se presenta para su aprobación. 5º.-En lo que se refiere al contenido del Proyecto de Reglamento, puede decirse que se ajusta a lo dispuesto en la legislación aplicable, tanto la sectorial como la propia de los entes locales, regulando las cuestiones relativas al objeto del mismo. Obran en el expediente providencia de impulso del Concejal Delegado de Seguridad e informe técnico del Subinspector Jefe de la Policía Local, Don Juan Manuel Arribas Reyes en el que se exponen las motivos que han dado lugar a esta iniciativa. Se PROPONE al Pleno, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 123.1 d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, previa aprobación del Proyecto por la Junta de Gobierno Local Resolver lo siguiente PLENO 08.07.10 - Pág. 7/18 -

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.