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Primero: Elevar consulta a la Administración General del Estado y/o, a la
administración autonómica para resolver la duda planteada en el informe de
referencia, en los términos mencionados en su consideración jurídica
segunda “ in fine “
Segundo: Aprobar la realización por los Servicios Económicos del
Ayuntamiento, del informe o estudio comparativo que acredite el grado de
separación de las retribuciones respecto a las establecidas en otras
Administraciones Públicas, en los términos mencionados en el informe de
referencia, en su consideración jurídica tercera, apartado 1.
Tercero: Aprobar el abono del fondo especial del 1% previsto en el Acuerdo
de fecha 19/12/2008, de la Comisión Negociadora del Acuerdo – Convenio
Colectivo 2008-2011, con efectos retroactivos al día 1 de Enero de 2010,
siempre que los informes requeridos así lo estimen.
5.- En fecha 9/03/2010 se recibe informe de la Dirección General de Costes
de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Economía y Hacienda,
del que se adjunta copia.
6.- En fecha 7/04/2010 se recibe informe de la Dirección General de
Cooperación con la Administración Local, del que se adjunta copia.
Por todo ello y a tenor del Art. 96.4 c) del Reglamento Orgánico Municipal
Vigente, el Grupo Popular Municipal eleva la siguiente:
MOCIÓN
1º.- Ante la imposibilidad legal de aprobar un anexo al Convenio carente de
legalidad y seguridad jurídica, suspender temporalmente su pago.
2º.- Siendo conocida la posible generalización en otras Administraciones
Públicas Locales de este pago, elevar y comunicar los hechos a la
Federación Madrileña de Municipios (F.M.M) y a la Federación Española de
Municipios y Provincias (F.E.M.P.), para que asesoren e informen a este
Ayuntamiento en su posible legalización para su posterior pago.”
[A propuesta del Grupo Municipal Socialista, por el Sr. Alcalde,
se dispone un receso por un espacio de diez minutos. Transcurrido el cual, se
reanuda la sesión].
Oída la enmienda de adicción “in voce” formulada por el Sr.
Alcalde, en el sentido de añadir en el punto 2 de la parte resolutiva lo
siguiente:
PLENO 08.04.2010
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