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Fecha de iniciación 28.07.2011
Examinado el procedimiento iniciado por la Coordinación General de Hacienda, referente
a la aprobación de la solicitud al Instituto de Crédito Oficial de la aceptación de una
operación de endeudamiento a medio plazo para la cancelación de deudas con empresas
y proveedores, por un importe 9.440.322,76 euros, según informe de la Tesorería
municipal, se aprecia:
PRIMERO: El expediente consta de los siguientes documentos:
o Relación identificativa y detallada de las certificaciones y documentos
acreditativos de las obligaciones pendientes de pago cuyo cumplimiento se
pretende con esta línea financiera.
o Informe del Coordinador General de Hacienda.
o Informe del Director General de Contabilidad y Presupuestos.
o Informe del Tesorero Municipal.
o Informe del Interventor Municipal.
HECHOS:
1. En el Boletín Oficial del Estado núm. 161 de 7 de julio de 2011 se publicó el Real
Decreto-Ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios,
de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos
contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso
de la rehabilitación y de simplificación administrativa.
2. En la sección segunda del citado RDL 8/2011 se establece la posibilidad de que las
Entidades Locales concierten una operación de crédito extraordinaria para la
cancelación de deudas pendientes con empresas y autónomos a un plazo de
amortización máximo de tres años y cuya cuantía, incluidos los intereses de la
operación, ascienda como máximo al 25 por ciento del importe anual de las entregas
a cuenta de la participación de la Entidad Local en Tributos del Estado de 2011, una
vez descontados los reintegros correspondientes a las liquidaciones definitivas de
aquella participación del ejercicio 2008 y anteriores.
3. Para los intereses del Ayuntamiento de Móstoles resulta conveniente la concertación
de la citada operación de crédito, como complemento de los procedimientos de pago
que en la actualidad se vienen aplicando.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS:
Primera: Visto que, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.1 del Real
Decreto-Ley 8/2011 de 1 de julio, esta Entidad ha aprobado la liquidación de sus
presupuestos generales de 2010 tal y como se indica en el informe del Director General
Contabilidad y Presupuestos que se acompaña en este expediente y, por lo tanto, cumple
dicho requisito que se establece con carácter previo.
PLENO 31.08.2011
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