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ingresos que resultaría difícil de asumir por la Corporación dadas las exigencias
normativas de estabilidad presupuestaria previstas en el Real Decreto 2/2007 de 28 de
Diciembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Estabilidad
Presupuestaria, así como por el Real Decreto 1463/2007 de 2 de Noviembre, que
aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001 de Estabilidad Presupuestaria
en su aplicación a las Entidades Locales.
Constan en el Expediente los informes emitidos por el Tribunal Económico
Administrativo Municipal, por la Intervención General y por la Secretaría General de este
Ayuntamiento.
El contenido material de la propuesta se formula al amparo del artículo 17 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, del art.49 de la Ley de Bases de Régimen
Local y de la Ley 5//2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria y de su normativa de
desarrollo. Por tanto, Se PROPONE al Señor Concejal-Delegado de Hacienda, de
acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias delegadas que tiene
atribuidas, elevar al Pleno la siguiente:
PROPUESTA:
Primero.- Desestimar en todos sus términos las reclamaciones presentadas el día 29 de
Noviembre de 2011, registro de entrada 62928, por EL GRUPO SOCIALISTA
MUNICIPAL, quedando unidas, contra el expediente de aprobación provisional de la
modificación las ordenanzas fiscales para el ejercicio 2012.
Segundo.- Elevar a definitivo el acuerdo de modificación de Ordenanzas Fiscales para
el ejercicio 2012 que se aprobó por acuerdo Plenario de 27 de Octubre de 2011.
Tercero.- Publicar el texto integro de la modificación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID con indicación de que su entrada en vigor será el 1 de enero
de 2012 y que contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados
pueden presentar recurso contencioso administrativo ante los órgano de esta jurisdicción
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación”.
Visto el dictamen del Consejo Social de la Ciudad, de fecha 1 de
diciembre de 2011, en sentido favorable.
Visto el dictamen de la Comisión de Pleno de Economía, Recursos
Humanos y Administración Pública de fecha 12 de diciembre de 2011, en sentido
favorable.
Tras las opiniones vertidas por los diferentes Grupos o miembros de la
Corporación, que constan en el correspondiente Diario de Sesiones.
La Corporación Pleno, por veinte votos a favor (diecisiete
correspondientes al Grupo Municipal Popular y tres al Grupo Municipal Izquierda Unida-
PLENO. 2011/12/12
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