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Asunto: Escrito de alegaciones al acuerdo provisional de modificación de la
Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Bienes inmuebles.
Interesado: Expediente a instancia del GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA.
Procedimiento: Especial, modificación de Disposición de Carácter General
(Ordenanza).
Fecha de iniciación: 14 de julio de 2011
Examinado el procedimiento iniciado a instancia del GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA
referente al escrito de alegaciones al acuerdo provisional de modificación Ordenanza
Fiscal del Impuesto sobre Bienes inmuebles.
Se relatan los Antecedentes que figuran a continuación:
Primero.- Por acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día
31 de Agosto de 2011, se resolvió aprobar provisionalmente la modificación de la
Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que han de regir a partir del 1º
de Enero de 2012, y, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RD Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, someter el mismo, junto con su expediente, “a información
pública por plazo de treinta días, mediante la inserción de anuncios en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid, en el Tablón de Edictos Municipal y en un diario de los de
mayor difusión de la Comunidad Autónoma de Madrid, dentro de los cuales los
interesados podían examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen
oportunas. En el caso de que durante el periodo de información pública no se hubieran
presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderán adoptados con carecer
definitivo los anteriores acuerdos, no entrando en vigor hasta que se haya publicado
íntegramente el texto de las modificaciones acordadas en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid”.
Segundo.- Habiendo finalizado el 26 de Octubre de 2011 el plazo de exposición pública
para la presentación de reclamaciones contra el expediente de aprobación provisional de
la ordenanza fiscal del impuesto sobre Bienes Inmuebles, se han presentado
reclamaciones contra el acuerdo de aprobación provisional de modificación de la
ordenanza del impuesto sobre bienes inmuebles para 2012 adoptado por el
Ayuntamiento Pleno, en su sesión de 31 de Agosto de de 2011, y publicado en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 223, de 20 de Septiembre
de 2011.
A continuación se relacionan las reclamaciones que se citan, en virtud de lo dispuesto en
el artículo 74 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por orden de su
presentación en el Registro General, o en los auxiliares de los distritos,
1) POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA:
La reclamación que presenta el grupo municipal socialista el día 11 de Octubre de 2011,
registro de entrada 52946 es la siguiente:
“Modificar el acuerdo adoptado en el Pleno de 31 de Agosto de 2011 por el que se
modificaba el artículo 8 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Bienes
Inmuebles y en el que se establecía el tipo impositivo del Impuesto de Bienes Inmuebles
para el ejercicio 2012. Así donde se establece el tipo del 0,68 por ciento proponemos
establecer un tipo del 0,64 por ciento.”
PLENO. 2011/12/12
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