Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 565

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
21 con texto de 21
Huella sha256 del fichero
b688cb3b4bf4f6c2701fec4bee57e268dd1cf5003719ed1c358d52d3d2c7adfa

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Dicha ordenanza consta en el expediente rubricada marginalmente por el Secretario General por sustitución como fedatario. 2/ 145.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES PARA 2012 Y RESOLUCIÓN DE LAS ALEGACIONES PRESENTADAS. Vista la Propuesta de Resolución formulada por el Director General de Gestión Tributaria y Recaudación y la Jefa de la Unidad de Ingresos y Coordinación y elevada al Pleno por el Concejal Delegado de Hacienda, del siguiente contenido literal: “A efectos de la tramitación del presente expediente de referencia, se formula la siguiente propuesta de resolución, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 241, en relación con el artículo 92 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de 29.4.05). Asunto: Escrito de alegaciones al acuerdo provisional de modificación de las Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2012. Interesado: Expediente a instancia del GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA. Procedimiento: Especial, modificación de Disposición de Carácter General (Ordenanza). Fecha de iniciación: 18 de Mayo De 2011 Examinado el procedimiento iniciado a instancia del GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA referente al escrito de alegaciones al acuerdo provisional de modificación Ordenanza Fiscales para el ejercicio 2012. Se relatan los Antecedentes que figuran a continuación: Primero.- Por acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de Octubre de 2011, se resolvió aprobar provisionalmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2012 que han de regir a partir del 1º de Enero de 2012, y, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, someter el mismo, junto con su expediente, “a información pública por plazo de treinta días, mediante la inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Tablón de Edictos Municipal y en un diario de los de mayor difusión de la Comunidad Autónoma de Madrid, dentro de los cuales los interesados podían examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que durante el periodo de información pública no se hubieran presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderán adoptados con carecer definitivo los anteriores acuerdos, no entrando en vigor hasta que se haya publicado íntegramente el texto de las modificaciones acordadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid”. Segundo.- Habiendo finalizado el 7 de Diciembre de 2011 el plazo de exposición pública para la presentación de reclamaciones contra el expediente de aprobación provisional, se han presentado reclamaciones contra el acuerdo de aprobación provisional de modificación, adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en su sesión de 27 de Octubre de de PLENO. 2011/12/12 Pág. 6/21

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.