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Se producen las correspondientes intervenciones que constan
literalmente en el Diario de Sesiones, en primer turno el Sr. Martín Hernández
(VOX), Sra. Melantuche Van Eikels (MM-Móstoles), Sra. López Antequera
(PSOE), Sr. Soler Hernández (PP) y Sra. Monterreal Barrios (Mixto) y en
segundo turno, Sra. Melantuche Van Eikels (MM-Móstoles), Sra. López
Antequera (PSOE), Sr. Soler Hernández (PP) y Sra. Monterreal Barrios
(Mixto).
Sometida la Moción a votación, obteniéndose once votos a favor
(correspondientes siete al Grupo Municipal Socialista, tres al Grupo Municipal MM-
Móstoles y uno al Grupo Municipal Mixto), tres abstenciones (correspondientes al
Grupo Municipal Vox) y once votos en contra (correspondientes al Grupo Municipal
Popular), produciéndose un empate. Efectuada nueva votación, se repitió dicho
resultado. Por lo que de conformidad con lo establecido en el Art. 46.2 d) de la Ley
7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, decidió el voto de
calidad del Alcalde-Presidente. Por consiguiente, queda rechazada la Moción,
anteriormente transcrita.
11/ 188.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL MM-
MÓSTOLES, RELATIVA A LA CREACIÓN DE UNA ORDENANZA DE
GESTIÓN Y USO EFICIENTE DEL AGUA.
Vista la moción presentada por el Grupo Municipal MM-Móstoles, del
siguiente contenido literal:
“El pasado 9 de octubre de 2025, la Asamblea de Madrid tomó
en consideración y aprobó por unanimidad una Proposición No de
Ley que insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a adaptar la
normativa vigente para permitir la instalación de circuitos de
reutilización de aguas grises procedentes de duchas y lavabos para
la recarga de cisternas de inodoros y urinarios en viviendas y
edificios de todo tipo, tanto en zonas residenciales como
comerciales e industriales, ahorrando así entre un 30 y un 45% del
agua potable.
Las aguas grises son aquellas procedentes de bañeras, duchas
y lavamanos, incluso lavadoras y lavavajillas, excluyendo, como es
obvio, pilas de cocina, inodoros o urinarios. Estas aguas una vez
recogidas, filtradas y almacenadas correctamente puede ser
utilizadas en aplicaciones que no requieran ser consumidas, como
por ejemplo la recarga de cisterna de inodoros y urinarios.
Alrededor del 40% del agua potable que usa una vivienda se va,
literalmente, por el inodoro. Utilizar agua potable para consumo
humano para tirar de la cadena es un evidente despilfarro de un
recurso finito que además tiene soluciones tecnológicas
relativamente sencillas.
El Real Decreto 1620/2007 contempla que estas aguas puedan
Pleno - 23/10/25
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