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5. Un resumen del estado de ejecución del presupuesto
acumulado a final de cada trimestre, de los ingresos y gastos del
presupuesto, y de sus estados complementarios, con indicación
de los derechos recaudados del ejercicio corriente y de los
ejercicios cerrados y las desviaciones respecto a las previsiones.
Los estados de ejecución, para el mismo periodo, de los ingresos
y gastos, para las entidades sujetas al Plan General de
Contabilidad de Empresas o a sus adaptaciones sectoriales.
6. La situación de los compromisos de gastos plurianuales y la
ejecución del anexo de inversiones y su financiación.
7. El informe trimestral, regulado en el artículo 4 de la Ley
15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de
diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la
morosidad en las operaciones comerciales.
8. Las actualizaciones de su Plan de tesorería y detalle de las
operaciones de deuda vivan que contendrá al menos información
relativa a:
a) Calendario y presupuesto de Tesorería que contenga sus
cobros y pagos mensuales por rúbricas incluyendo la previsión de
su mínimo mensual de tesorería.
b) Previsión mensual de ingresos.
c) Saldo de deuda viva.
d) Impacto de las medidas de ahorro y medidas de ingresos
previstas y calendario previsto de impacto en presupuesto.
e) Vencimientos mensuales de deuda a corto y largo plazo.
f) Calendario y cuantías de necesidades de endeudamiento.
g) Evolución del saldo de las obligaciones reconocidas pendientes
de pago tanto del ejercicio corriente como de los años anteriores.
h) Perfil de vencimientos de la deuda de los próximos diez años.
9. Los datos de ejecución previstos en los apartados 1 y 2 del
artículo 7 relativos a las unidades integrantes del sector
Administraciones Públicas de la contabilidad nacional así como el
número de efectivos referidos al último día del trimestre anterior.
Segundo.- El Ministerio habilitó una plataforma digital en la
Oficina Virtual de las Entidades Locales que es la que se ha
utilizado para la remisión de toda la información siguiendo las
instrucciones aprobadas.
Asimismo publicó la Guía para la comunicación de la Ejecución
Presupuestaria del segundo trimestre de 2025, donde se
establecen y se concretan los contenidos básicos de la
comunicación, la forma en que ha de realizarse, formularios,
clasificación de entidades dependientes, así como otras
cuestiones de carácter técnico.
Tercero.- Para dar cumplimiento a las obligaciones impuestas se
formó un grupo de trabajo de todas las áreas afectadas y que han
Pleno - 23/10/25
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