← Catálogo
- Tipo
- PLENO · PDF
- Capturado
- 2026-07-22 08:44
- Fecha del documento
- 2024-07-24
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
- Cómo se leyó
-
texto propio del PDF
- Páginas
- 51 con texto de 51
- Huella sha256 del fichero
bcc07b37373c4296c4b11607b86ac00ae9dae56dc15876bcf925eb7d28fba8c5
URL estable de esta ficha:
http://auditoria.mlopezpalma.es/v6/documento/325
Esto dice el papel
sin escaneo guardado
De este documento no se conserva imagen. Solo se guardan las
páginas que pasaron por revisión visual — 140 de todo el catálogo—, así que
para la mayoría el papel hay que verlo en su fuente.
Ver el documento original ↗
Se abre en el portal donde lo publicó
la administración. Comprueba que su huella sha256 sigue siendo
bcc07b37373c4296… si quieres asegurarte de que no ha
cambiado desde que lo capturamos.
Esto hemos leído
Texto propio del PDF: lectura sin pérdida.
“Podrá existir uno o varios puestos de trabajo de Vice -
interventor, con funciones de colaboración, apoyo y
sustitución del Interventor. El puesto de Vice - interventor
habrá de recaer en funcionario con habilitación nacional de la
subescala que corresponda conforme a lo dispuesto en la
normativa vigente y en la relación de puestos de trabajo.”
Artículo 242.1
“Las funciones públicas de Tesorería, excluidas las de
Recaudación se ejercerán por el Tesorero Municipal,
nombrado entre funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional. Podrá crearse una plaza de
Vice - Tesorero municipal que dependerá directamente del
Tesorero municipal y cuyas funciones serán las de apoyo y
sustitución de éste”
Cuarto.- Debido a que se trata de una modificación que
carece de impacto normativo no está sometida al trámite de
consulta pública previa regulado en el artículo 133.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Al tratarse de una modificación
mínima, desde la propia Secretaría General se emite el informe y
se eleva la propuesta al Pleno.
Quinto.- Se emite informe 13/2024 de Secretaría
General de fecha 5 de julio de 2024 favorable a la modificación.
Sexto.- No es necesario informe de Intervención al
carecer la modificación de contenido económico.
Séptimo.- Se aprueba el proyecto de modificación del
ROM por acuerdo 4/519 de Junta de Gobierno Local de fecha 9 de
julio de 2024.
Octavo.- En fecha 19 de julio de 2024 se emite dictamen
favorable de la Comisión de Pleno con la propuesta de modificar el
nombre del Distrito 6. Se denominará Distrito “Sur” en vez de “PAU
4”.
La valoración jurídica de los hechos expuestos es la
siguiente:
Primero.- Esta modificación del ROM se aprueba en virtud
de la potestad reglamentaria y de autoorganización que ostenta el
Municipio en virtud de lo previsto en el artículo 4.1 a) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Pleno - 24/07/24
Pág. 20/51
Con qué se relaciona este documento
No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con
garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.