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- Un representante de la Agrupación de Sociedades Laborales de
Madrid (ASALMA).
- Un representante de la entidad SINERGIAS Asociación.
5. Visto el Régimen de Funcionamiento Interno de la Mesa Local por el
Empleo, aprobado por unanimidad del Plenario del citado órgano, en
sesión celebrada el 20 de diciembre de 2011, modificado en las
sesiones celebradas el 17 de noviembre de 2015, el 4 de noviembre
de 2019 y el 2 de julio de 2024, en cuyo artículo 6 se dispone que “la
Presidencia de la Mesa corresponde al Alcalde-Presidente de la
Corporación” y que entre sus funciones, según se establece en el
artículo 10.6 del mismo texto, se encuentra la de “coordinar la
relación constante entre la Mesa y los órganos de gobierno, así
como de gestión de la Corporación y, particularmente, el Pleno.”(sic)
6. Visto el artículo 94 del Reglamento Orgánico Municipal aprobado por
la Corporación Pleno, en sesión celebrada el 31 de marzo de 2005
(B.O.C.M. de 29.04.05), en el que se regulan los Proyectos de
Acuerdo del Alcalde.
Se propone al Pleno la adopción del siguiente
ACUERDO
Primero: Tomar conocimiento del acuerdo unánime adoptado por la
Mesa Local por el Empleo relativo a la modificación del artículo 5.2
del Régimen de Funcionamiento Interno de la Mesa Local por el
Empleo, en sesión celebrada el 2 de julio de 2024, por el que se
regula la composición de la Mesa Local pro el Empleo, resultando
ser miembros de la misma: el Presidente de la Mesa, el
Vicepresidente de la Mesa, un representante del Grupo Municipal
Popular, un representante del Grupo Municipal Socialista, un
representante del Grupo Municipal Más Madrid Móstoles, un
representante del Grupo Municipal VOX, un representante del Grupo
Mixto (PODEMOS), un representante de Móstoles Desarrollo
Promoción Económica S.A., un representante de Comisiones
Obreras (CCOO), un representante de la Unión General de los
Trabajadores (UGT), un representante de CEIM -Asociación
Móstoles Empresa-, un representante de la Asociación de Jóvenes
Empresarios de Madrid (AJE-Madrid), una representante de la
Asociación Empresarias Asociadas y Autónomas (EMA), Un
representante de la Federación de Comerciantes de Móstoles (FCM),
un representante de la Agrupación de Sociedades Laborales de
Madrid (ASALMA) y un representante de la entidad SINERGIAS
Asociación.
Segundo: Dar traslado del presente Acuerdo a todos los
interesados, para su conocimiento y efectos oportunos.”
La Corporación Pleno queda enterada.
Pleno - 24/07/24
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