Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 22 de septiembre de 2022

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2022-09-22
PSOE 2019–2023 · Noelia Posse Gómez
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
46 con texto de 46
Huella sha256 del fichero
7fb5a23b01b88422f63aa5978b5366b84beb63c5240d75509214a1f90afed15b

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Esto dice el papel

sin escaneo guardado

De este documento no se conserva imagen. Solo se guardan las páginas que pasaron por revisión visual — 140 de todo el catálogo—, así que para la mayoría el papel hay que verlo en su fuente.

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Esto hemos leído

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se le desaloja, y al vulnerable se le protege, sin que el Estado traslade a la ciudadanía sus propias responsabilidades en ninguno de estos dos casos. POR TODO LO ANTERIORMENTE EXPUESTO, SE PROPONE A LA CORPORACIÓN EN PLENO LA ADOPCIÓN DE LOS SIGUIENTES ACUERDOS: 1. Instar al Gobierno de la Nación a modificar los artículos 245 y 269 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal para endurecer las penas en caso de ocupación de la vivienda o inmueble, especialmente en el caso de mafias. Recuperar el delito de usurpación de bienes inmuebles con penas de entre 3 y 5 años. 2. instar al Gobierno de la Nación a incluir nuevas medidas procesales en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para mejorar la protección de las personas físicas o jurídicas que sean propietarias o poseedoras legítimas de una vivienda o inmueble con el objetivo de recuperar la plena posesión de una vivienda o parte de ella, siempre que se hayan visto privados de la misma sin su consentimiento. Proceder al desalojo de la vivienda ocupada en situación de flagrante delito o, en caso de que no lo sea, en 24 horas por parte de la Policía. 3. instar al Gobierno de la Nación a modificar la Ley 49/1960 sobre propiedad horizontal para que se habilite a las comunidades de propietarios como personas jurídicas para que puedan iniciar los procesos de recuperación de la vivienda en aras de una mejor convivencia y evitando actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. 4. Anstar al Gobierno de la Nación a incluir un nuevo apartado en el artado 4 del artículo 18 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de égimen Local para evitar la inscripción en el padrón municipal de un ¿cupante ilegal definido en la Ley Orgánica contra la ocupación ilegal y para la convivencia vecinal y la protección de la seguridad de las personas y cosas en las comunidades de propietarios. Así como solicitar que esta inscripción se considere nula y no constituya prueba de su residencia o domicilio ni les atribuya ningún derecho. A tales efectos, los Ayuntamientos darán de baja de oficio o a instancia del propietario o poseedor real legítimo las inscripciones en cuanto tuvieran conocimiento de ello. 5. Instar al Gobierno de la Nación a modificar la legislación tributaria para la reducción de obligaciones contributivas de arrendadores que justifiquen la no percepción de rentas. Asimismo, acuerda dar traslado de esta moción al Presidente del Gobierno de España, a la Ministra de Justicia, a la Ministra de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, así como a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios de las Cortes Generales, y a la Junta de Pleno - 22/09/22 Pág. 40/46

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.