Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 22 de septiembre de 2022

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2022-09-22
PSOE 2019–2023 · Noelia Posse Gómez
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
46 con texto de 46
Huella sha256 del fichero
7fb5a23b01b88422f63aa5978b5366b84beb63c5240d75509214a1f90afed15b

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Esto dice el papel

sin escaneo guardado

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Esto hemos leído

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Visto el Proyecto de la Alcaldesa del siguiente contenido literal: “El artículo 182.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General dispone que "en el caso de fallecimiento, incapacidad o renuncia de un concejal, el escaño se atribuirá al candidato o, en su caso, al suplente de la misma lista a quien corresponda, atendiendo a su orden de colocación” Por su parte, el artículo 9.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, establece que "el Concejal, Diputado o miembro de cualquier entidad local perderá su condición de tal por las siguientes causas: .... por renuncia, que deberá hacerse efectiva por escrito ante el Pleno de la Corporación”. En los mismos términos, el artículo 21 d) del Reglamento Orgánico Municipal aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de 29.4.05). Finalmente, en la Instrucción de 10 de julio de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre sustitución de cargos representativos locales, se dispone lo siguiente: "Cuando se presente escrito de renuncia o se produzca el fallecimiento u otro supuesto de pérdida del cargo de concejal, el Pleno de la entidad local de la que forme parte tomará conocimiento de la misma, remitiendo certificación del acuerdo adoptado a la Junta Electoral de Zona, durante el período de mandato de la misma, en orden a las elecciones locales, y a la Junta Electoral Central una vez concluido el mandato de aquélla, a los efectos de proceder a la sustitución, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, indicado el nombre de la persona a la que, a juicio de la Cor; ración, corresponde cubrir la vacante”. Visto el informe de Secretaría General 14/2021 de fecha 16 de septiembre de 2022. De conformidad con lo establecido en el artículo 94 del Reglamento Orgánico Municipal aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de 29,4,05), por el que se regulan los proyectos de acuerdo del Alcalde. Se propone al Pleno de la Corporación lo siguiente: Primero.- Tomar conocimiento de la renuncia como Concejal del Ayuntamiento de Móstoles de D?. Mirina Cortés Ortega. Segundo.- Dicha renuncia de conformidad con el escrito de la Concejala de fecha 14 de septiembre de 2022 (Registro de entrada: 47.149) producirá efectos el 1 de octubre de 2022 manteniendo de este modo sus derechos como Concejala hasta el 30 de septiembre de 2022. Tercero.- Tomar conocimiento de dicha renuncia. Procediendo comunicar a la Junta Electoral Central que conforme a la Resolución de la Junta Electoral de Zona de Navalcarnero publicada en el B.O.C.M. el 24 de abril de 2019 sobre las candidaturas proclamadas para las elecciones locales de 2019, la persona a la que corresponde cubrir la Pleno - 22/09/22 Pág. 7/46

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.