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Puede tener errores, y por eso se enseña el escaneo al lado.
Visto el Proyecto de la Alcaldesa del siguiente contenido literal:
“El artículo 182.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del
Régimen Electoral General dispone que "en el caso de fallecimiento,
incapacidad o renuncia de un concejal, el escaño se atribuirá al
candidato o, en su caso, al suplente de la misma lista a quien
corresponda, atendiendo a su orden de colocación”
Por su parte, el artículo 9.4 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado
por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, establece que "el
Concejal, Diputado o miembro de cualquier entidad local perderá su
condición de tal por las siguientes causas: .... por renuncia, que deberá
hacerse efectiva por escrito ante el Pleno de la Corporación”. En los
mismos términos, el artículo 21 d) del Reglamento Orgánico Municipal
aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de
29.4.05).
Finalmente, en la Instrucción de 10 de julio de 2003, de la Junta
Electoral Central, sobre sustitución de cargos representativos locales, se
dispone lo siguiente:
"Cuando se presente escrito de renuncia o se produzca el
fallecimiento u otro supuesto de pérdida del cargo de concejal, el Pleno
de la entidad local de la que forme parte tomará conocimiento de la
misma, remitiendo certificación del acuerdo adoptado a la Junta
Electoral de Zona, durante el período de mandato de la misma, en orden
a las elecciones locales, y a la Junta Electoral Central una vez concluido
el mandato de aquélla, a los efectos de proceder a la sustitución,
conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Régimen Electoral
General, indicado el nombre de la persona a la que, a juicio de la
Cor; ración, corresponde cubrir la vacante”.
Visto el informe de Secretaría General 14/2021 de fecha 16 de
septiembre de 2022.
De conformidad con lo establecido en el artículo 94 del
Reglamento Orgánico Municipal aprobado por el Pleno en sesión de 31
de marzo de 2005 (BOCM de 29,4,05), por el que se regulan los
proyectos de acuerdo del Alcalde.
Se propone al Pleno de la Corporación lo siguiente:
Primero.- Tomar conocimiento de la renuncia como Concejal del
Ayuntamiento de Móstoles de D?. Mirina Cortés Ortega.
Segundo.- Dicha renuncia de conformidad con el escrito de la
Concejala de fecha 14 de septiembre de 2022 (Registro de entrada:
47.149) producirá efectos el 1 de octubre de 2022 manteniendo de este
modo sus derechos como Concejala hasta el 30 de septiembre de 2022.
Tercero.- Tomar conocimiento de dicha renuncia. Procediendo
comunicar a la Junta Electoral Central que conforme a la Resolución de
la Junta Electoral de Zona de Navalcarnero publicada en el B.O.C.M. el
24 de abril de 2019 sobre las candidaturas proclamadas para las
elecciones locales de 2019, la persona a la que corresponde cubrir la
Pleno - 22/09/22
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