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incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones expuestas podrá implicar la
anulación del derecho al fraccionamiento.
C) En lo relativo al cese de todas las actuaciones litigiosas tanto administrativas como
jurisdiccionales mantenidas por el ayuntamiento contra la concesionaria, es una petición
que en el contexto de una solución amistosa de los conflictos hasta ahora existentes,
debe ser atendida.
3º- En cuanto al fraccionamiento de pago de la deuda de Tanatorio Móstoles, S. L en
concepto de canon concesional que asciende a 193.332,93 Euros, el mismo puede
concederse, en los mismos términos que el concedido a Granitos Granero S.A, es decir
Tanatorio Móstoles S.L., debe abonar en cada semestre de cada uno de los cuatro años
de aplazamiento la octava parte de la deuda, es decir 24.166,61 Euros, más los
intereses de demora correspondientes, abonándose el primer pago del 14 de enero (día
posterior al acuerdo plenario) al 31 de enero de 2011, 2012, 2013 y 2014 y el segundo
del 1 al 18 de julio de los mismos años. Esta deuda debe ser garantizada de acuerdo
con el informe del Director General de Gestión Tributaria y Recaudación, mediante aval
bancario por importe de 263.056,10 Euros que debe ser depositado en todo caso en la
Tesorería Municipal antes del 31 de enero de 2011, en modelo que será facilitado por el
Órgano de Gestión Tributaria y Recaudación. Al ser obligatoria la domiciliación bancaria
de las fracciones deberá comunicar la cuenta de pago antes de la fecha señalada. El
incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones expuestas podrá implicar la
anulación del derecho al fraccionamiento.
4º- Procede aceptar la propuesta de Tanatorio Móstoles S.L en toda su extensión, dado
que supone una importante mejora en la calidad de la prestación del servicio para los
vecinos de Móstoles, así como de la posición jurídica del ayuntamiento en la relación
concesional.
Se PROPONE al señor Vicealcalde y Concejal Delegado de Presidencia de acuerdo con
todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, elevar al Pleno de
la Corporación, la siguiente:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
1º.- Aprobar la modificación de la concesión de los servicios de cementerio y tanatorio
municipales por los motivos de interés público indicados en el expediente, cuya
modificación se concreta en la modernización de las instalaciones y servicios detallados
en el informe de la Concejalía de Sanidad y consecuentemente modificar el canon
concesional, que pasa a ser ya en el ejercicio de 2011 de 48.000 euros anuales para el
servicio de cementerio municipal y de 70.000 euros anuales para el de tanatorio (en este
último caso serían 60.000 euros anuales si no fuera posible autorizar la hipoteca de la
concesión), cantidad que se actualizará anualmente durante todos los años de vida de la
concesión a 1 de enero de cada año en función del IPC. El pago del mismo se producirá
en dos plazos semestrales, debiendo ser satisfecho cada plazo semestral del 1 al 15 del
mes de febrero el primero de ellos, y del 1 al 15 de mes de julio el segundo, sin
necesidad de requerimiento alguno al efecto por parte del ayuntamiento.
2º.- Modificar por novación contractual el plazo de vigencia de la concesión del servicio
de cementerio, ampliando el mismo en 15 años, es decir, hasta el año 2034 incluido,
debiendo en todo caso la concesionaria llevar a cabo todas las obras señaladas en el
informe de la Concejalía de Sanidad y también todas las recogidas en el documento
PLENO 13.01.11
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