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8º.-En su caso, estudiar la posible autorización para la instalación, previa obtención
de las licencias que sean pertinentes de las Administraciones con
competencias concurrentes con el Ayuntamiento, de un “Centro Ambiental y de
Valorización de Residuos”
9º.-Así mismo, teniendo en cuenta todo lo anterior, se solicita el archivo, dejándolos
por lo mismo sin efecto, de todos los procedimientos en curso, incoados por
ese Ayuntamiento a Granitos Granero Mármoles S.A. en relación con la
concesión administrativa, excepción hecha de los referidos al cobro de la
deuda existente, bien por el concepto de canon concesional, bien de carácter
tributario.”
Una vez expuesto lo anterior, el informe de Sanidad realiza las siguientes
consideraciones:
“1º.-En cuanto a la asunción de las deudas pendientes, la actualización del canon
concesional y la renuncia a las acciones administrativas y jurisdiccionales, son
iniciativas claramente beneficiosas para el ayuntamiento y, por tanto, deben ser
ratificadas en toda su extensión.
2º.-Respecto a los nuevos equipamientos y otras inversiones que propone, se reitera,
desde la perspectiva de esta Concejalía de Sanidad que las mismas, que son en
su mayor parte las enumeradas en líneas precedentes como imprescindibles para
el mantenimiento de la calidad del servicio y mejora del mismo, no son solo
adecuadas, como ya se ha expuesto, sino necesarias para la correcta prestación
de este servicio público municipal, en orden al mantenimiento en la calidad de la
prestación, la modernización y mejora del mismo y por ser actualmente por la
población.
3º.- Los que se denominan en el escrito nuevos servicios de capilla y parque del
reposo figuran entre los propuestos como imprescindibles por esta Concejalía para
el mantenimiento de la calidad del servicio.
4º.-En cuanto a las tarifas por mantenimiento anual es un servicio por el que se viene
cobrando en casi la totalidad de los cementerios y las propuestas están dentro del
límite de la media que aplican municipios limítrofes y similares a Móstoles.
5º.- Sobre la actualización de las tarifas en un 15%, y sin perjuicio, así mismo de que
deberán ser los servicios económicos de la corporación los que se pronuncien al
respecto, tras haber consultado las existentes en los cementerios de otros
municipios de población y características similares a las de Móstoles, la
actualización de las tarifas propuesta, dejaría éstas dentro de la media de los
precios que tienen en los municipios consultados.
6º.- El centro de valorización de residuos es una cuestión ajena a la prestación del
servicio de cementerio, por lo que no se considera oportuno pronunciarse sobre el
mismo en este momento.
7º.- En cuanto al archivo de los procedimientos administrativos y jurisdiccionales en
curso por parte del ayuntamiento es una pretensión que en el contexto de un
acuerdo amistoso debe ser atendida. No obstante, se considera que deben ser los
servicios jurídicos municipales quienes al respecto se pronuncien”
PLENO 13.01.11
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