Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 28 de Noviembre de 2024

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2024-11-28
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
49 con texto de 49
Huella sha256 del fichero
becbbc5ad5000c61aa351a9367ed93d2c4fe12781f47e29ef51c4784c50497af

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Municipio de Móstoles, en el ámbito de actividad del Consejo Sectorial. 2. En el plazo de los quince días hábiles siguientes al de la recepción de dicho escrito, se presentará en el registro general del Ayuntamiento escrito del representante legal de cada una de las dos organizaciones sindicales más representativas citadas, acompañado de certificación acreditativa del nombramiento del designado por el órgano competente de la organización sindical. f) Dos representantes designados por las organizaciones empresariales con mayor representatividad en el municipio. La designación de los representantes citados se hará con sujeción al siguiente procedimiento: 1. El Alcalde o, en su caso, el Concejal en quien hubiese delegado la presidencia, dirigirá escrito al representante legal de cada una de las dos organizaciones empresariales más representativas, en el Municipio de Móstoles, en el ámbito de actividad del Consejo Sectorial. 2. En el plazo de los quince días hábiles siguientes al de la recepción de dicho escrito, se presentará en el registro general del Ayuntamiento escrito del representante legal de cada una de las dos organizaciones empresariales citadas, acompañado de certificación acreditativa del nombramiento del designado por el órgano competente de la organización empresarial. g) Hasta un máximo de siete vocales, designados uno por cada una de las entidades sectoriales con mayor representatividad en Móstoles, afectadas por el ámbito de actuación del Consejo, siempre que las mismas estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones. La designación de los siete vocales citados se hará con sujeción al siguiente procedimiento: 1. El Alcalde o, en su caso, el Concejal en quien hubiese delegado la presidencia, dirigirá escrito al Presidente de las siete entidades, si las hubiera (inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones), cuyos fines y actividades sean las específicas del ámbito de actuación del Consejo Sectorial, que cuenten con mayor número de socios acreditados. A tales efectos se tendrá en cuenta el número de socios que a fecha del 24 de Mayo de 2015 se encuentren debidamente acreditado en el referido Registro. 2. En el plazo de los quince días hábiles siguientes al de la recepción de dicho escrito, se presentará en el registro general del Ayuntamiento escrito del Presidente de la entidad, acompañado de certificación acreditativa del nombramiento del designado por el órgano competente de dicha entidad. Pleno - 28/11/24 Pág. 10/49

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.