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- Tipo
- PLENO · PDF
- Capturado
- 2026-07-22 08:44
- Fecha del documento
- 2024-11-28
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
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marzo de 2.005 (BOCM de 29 de abril de 2.005), se formula la
siguiente propuesta de resolución una vez tramitado el expediente
siguiente:
Expediente: GES 02/2022
Asunto: Recurso de Reposición contra el Acuerdo de
Estimación de la Iniciativa privada para el
Plan Parcial del SUNC-4 del Plan General de
Móstoles.
Interesados: Noelia Posse Gómez y El Corte Ingles S.A.
Procedimiento: Aprobación de la iniciativa para ejecución
privada del planeamiento
Fecha de iniciación: 05 de enero de 2022
Examinado el procedimiento iniciado por El Corte Ingles S.A.,
referente al asunto indicado, se han apreciado los
Hechos que figuran a continuación:
Primero: Con fecha 27 de junio de 2024 la Corporación en Pleno
acuerda estimar la Iniciativa privada presentada por El Corte Ingles
para la aplicación y definición del Sistema de Compensación en el
ámbito del Plan Parcial del SUNC-4 del Plan General de Móstoles.
Segundo. - Con fecha 15 de julio de 2024, registro de entrada
37.198, se interpone recurso de reposición, por Dª Noelia Posse
Gómez (Concejal Socialista y Portavoz del Grupo Municipal
Socialista), contra el acuerdo por el que se estima la iniciativa
privada para la aplicación y definición del sistema de compensación
en el ámbito del Plan Parcial del SUNC-4 del PGOU.
Tercero: Con fecha 31 de octubre de 2024 se emite informe
jurídico, por el Jefe de la Sección de Gestión Urbanística de la
Gerencia Municipal de Urbanismo con el Visto Bueno del
Secretario, en el que se concluye que procede la Desestimación del
Recurso.
La valoración jurídica de los hechos expuestos es la contenida en
el informe jurídico del Jefe de la Sección de Gestión Urbanística de
la Gerencia Municipal de Urbanismo con el Visto Bueno del
Secretario que se sintetiza a continuación:
“Primero. - Es competente para resolver el recurso el Pleno de
la Corporación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123
de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo. - La recurrente goza de legitimación para interponer
el recurso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63.1 b) de
la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local que
dispone que pueden impugnar los actos y acuerdos de las
Pleno - 28/11/24
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Con qué se relaciona este documento
No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con
garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.