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10/ 121.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN SOBRE APROBACIÓN PROVISIONAL DE
LA MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES PARA EL EJERCICIO DE
2012.
Vista la Propuesta de Resolución presentada por el Director General de
Gestión Tributaria y Recaudación y la Jefa de la Unidad de Ingresos y Coordinación y elevada al
Pleno por el Concejal Delegado de Hacienda, del siguiente contenido literal :
“A efectos de la tramitación del presente expediente de referencia, se formula la siguiente
propuesta de resolución, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 241 del Reglamento
Orgánico Municipal, aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de
29.4.05).
Asunto: Propuesta de Proyecto de Modificación de Ordenanzas Fiscales (2/2011)
para su entrada en vigor el 1 de enero de 2012.
Interesado: Expediente iniciado de Oficio por el Área de la Concejalía de Hacienda.
Procedimiento Especial, Aprobación de Disposición de Carácter General (Ordenanza).
Fecha de iniciación : 18 de mayo de 2011.
Examinado el procedimiento iniciado por el Área de la Concejalía de Hacienda, referente al
Proyecto de Modificación de Ordenanzas Fiscales para su entrada en vigor el 1 de enero de
2012.
Se relatan los Antecedentes que figuran a continuación: Se han solicitado informes a las
distintas áreas de gobierno de este Ayuntamiento, se han elaborado los proyectos de
modificación de las Ordenanzas Fiscales que se incorporan al expediente, explicándose y
motivándose.
El expediente de modificación de las ordenanzas fiscales requiere informe del Tribunal
Económico-Administrativo, de la Secretaria General de este Ayuntamiento y de la Intervención
General.
La presente propuesta ha sido adaptada a la vista del informe emitido por el Tribunal
Económico-Administrativo.
El expediente de modificación de ordenanzas fiscales precisa aprobación del proyecto de
modificación por la Junta de Gobierno, Informe no vinculante del Consejo Social de la Ciudad, y
acuerdo del Pleno del Ayuntamiento
La valoración jurídica de los antecedentes expuestos, es la siguiente:
El expediente en tramitación se ajusta a lo exigido por los artículos 15 a 17 del Real Decreto-
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido dela Ley
Reguladora de las Haciendas Locales. El contenido material de la propuesta se formula al
amparo de los artículos 20 y siguientes del Real Decreto-Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el Texto Refundido dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales, de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y de su normativa de desarrollo.
La competencia de la Junta de Gobierno Local para la aprobación del proyecto viene atribuida
por el artículo 127.a) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
……………
PLENO.2011.10.27
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