Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 556

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
30 con texto de 30
Huella sha256 del fichero
3663cf14278ed9f8ac9aef455702db6501eb6593601c77a6f7f892092af7d267

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Sometida a votación la Moción indicada, se obtienen nueve votos a favor (correspondientes seis al Grupo Municipal Socialista y tres al Grupo Municipal Izquierda Unida- Los Verdes) y diecisiete votos en contra (correspondientes al Grupo Municipal Popular), por lo que la misma resulta rechazada. 13/ 124.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES SOBRE MODIFICACIÓN DE LA REGULACIÓN HIPOTECARIA. Vista la Moción presentada por el Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, del siguiente contenido literal: “Dª María Dolores Ruiz Choclán, Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida – Los Verdes en el Ayuntamiento de Móstoles, en nombre y representación del mismo y al amparo de lo establecido en los artículos 91.4 y 97.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 1986, así como lo establecido en el artículo 96.4.b) del actual Reglamento orgánico, eleva al Pleno de la Corporación para su debate la siguiente: MOCIÓN Visto que con el estallido de la crisis y el aumento del paro, centenares de miles de familias han llegado a una situación límite que no les permite cubrir sus necesidades más básicas. Visto que según los datos del Consejo General del Poder Judicial, sólo entre 2007 y 2010 en el Estado Español se habrían producido cerca de 300.000 ejecuciones hipotecarias, y que las previsiones dicen que entre 2011 y 2012 se podría llegar a la cifra de 500.000. Visto que cuando esto sucede, las familias no sólo se enfrentan a la pérdida de su vivienda sino también a una condena financiera de por vida: la entidad bancaria interpone una demanda y se inicia el proceso de ejecución hipotecaria que finaliza con la subasta del inmueble. Si la subasta queda desierta (cosa que en el actual contexto de crisis sucede en más del 90% de los casos), con la ley vigente la entidad bancaria se adjudica la vivienda por el 50% del valor de tasación y sigue reclamando el pago de la deuda restante, más los intereses y costas judiciales, a las personas en situación de insolvencia, mediante el embargo de nóminas, cuentas, etc, así como embargos a los avalistas. Es decir, además de perder la vivienda, miles de familias se enfrentan a una condena financiera de por vida que se traduce en una condena a la exclusión social y la economía sumergida. Visto que esta legislación que permite que las entidades financieras se adjudiquen las viviendas por el 50% del valor de tasación no sólo es anómala y no tiene comparativa con las legislaciones de otros países de nuestro entorno, sino que además era desconocida por las familias cuando firmaron los contratos hipotecarios. Hecho que se suma a la publicidad engañosa con la que se comercializaron la mayoría de esas hipotecas, a la sobrevaloración en las tasaciones y al lenguaje de difícil comprensión utilizado en los contratos que ahora se descubre que en muchos casos escondía todo tipo de cláusulas abusivas, como es el caso de las cláusulas suelo. Visto que consideramos inadmisible y totalmente injusto que en un Estado social y democrático de derecho, todas las consecuencias de la crisis recaigan sobre la parte más vulnerable del contrato hipotecario y en cambio las entidades financieras, en buena medida responsables de la PLENO.2011.10.27 Pág. 25/30

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.