Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 23 de noviembre de 2023

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2023-11-23
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
51 con texto de 52
Huella sha256 del fichero
b3fa0d7fe1a7189d65dedb716b7e5445fa8d3b012355bcc7354507d8669f1165

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Esto dice el papel

sin escaneo guardado

De este documento no se conserva imagen. Solo se guardan las páginas que pasaron por revisión visual — 140 de todo el catálogo—, así que para la mayoría el papel hay que verlo en su fuente.

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Se abre en el portal donde lo publicó la administración. Comprueba que su huella sha256 sigue siendo b3fa0d7fe1a7189d… si quieres asegurarte de que no ha cambiado desde que lo capturamos.

Esto hemos leído

Leído por reconocimiento óptico · confianza 0.94. Puede tener errores, y por eso se enseña el escaneo al lado.

En cuanto a la publicidad del PMP, el artículo 6 señala que las corporaciones locales remitirán al Ministerio de Hacienda y Función Pública y publicarán, de acuerdo con lo que se prevea en la Orden HAO/2109/2012, de 1 de octubre, según corresponda el mes o al trimestre anterior: a) El periodo medio de pago global a proveedores mensual o trimestral, según corresponda, y su serie histórica. b) El periodo medio de pago mensual o trimestral, según corresponda, de cada entidad y su serie histórica. c) La ratio mensual o trimestral, según corresponda, de operaciones pagadas de cada entidad y su serie histórica. d) La ratio de operaciones pendientes de pago, mensual o trimestral, según corresponda, de cada entidad y su serie histórica. La información se publicará en sus portales web. Mediante el Real Decreto 1040/2017, de 22 de diciembre (BOE 23 de diciembre), por el que se desarrolla la metodología del cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Ayuntamiento de Móstoles Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se modifica el RD 635/2014, de 25 de Julio. La nueva metodología queda alineada con la normativa nacional, que traspóne las directivas comunitarias, iniciándose el cómputo de los : plázos, con carácter general, desde la aprobación de tos documentos que acrediten la conformidad con los bienes entregados o servicios | prestados, en lugar del criterio que se aplicaba hasta la fecha, en el ¡| que el inicio del plazo de cómputo se producía desde los 30 días 4. siguientes a la entrada de la factura en el registro administrativo. De esta forma, el plazo máximo de pago a proveedores sigue siendo de 30 días, pero el cálculo del PMP se empezará a computar a partir de la aprobación de los documentos de referencia y no, como hasta ahora, desde los 30 días siguientes a la entrada de las facturas en el registro. Por consiguiente y en concordancia con los artículos 5.2 b, y 5.3 b, del R.D. 635/2014, modificado por el R.D. 1040/2017de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para refrendar estas acciones técnicas, es necesario que de forma simultánea a la Pleno - 23/11/23 Pág. 10/51

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.