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Ayuntamiento de Móstoles
Orden Ministerial se da un paso más en la aplicación del mencionado
principio de transparencia por entender que éste es un instrumento
indispensable que permitirá llevar a cabo un seguimiento más efectivo
del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, y del
resto de obligaciones fiscales europeas y del conjunto de las
Administraciones.
El artículo 16 de la citada Orden desarrolla las obligaciones
trimestrales de remisión de información estableciendo que, antes del
último día del mes siguiente a la finalización de cada trimestre, se
remitirá la información siguiente:
1, La actualización de los presupuestos en ejecución, incorporadas las
modificaciones presupuestarias ya tramitadas y/o las previstas tramitar
hasta final de año, y de las previsiones de ingresos y gastos de las
entidades sujetas al Plan general de Contabilidad de Empresas o a
sus adaptaciones sectoriales, y SUS estados complementarios.
2. Las obligaciones frente a terceros, vencidas, líquidas, exigibles, no
imputadas a presupuesto.
3. La información que permita relacionar el saldo resultante de los
ingresos y gastos del presupuesto con la capacidad o necesidad de
financiación, calculada conforme a las normas del Sistema Europeo
de Cuentas.
4. La actualización del informe de la intervención del cumplimiento del
objetivo de estabilidad, de la regla de gasto y del límite de la deuda.
po
5. Un résumen del estado de ejecución del presupuesto acumulado a
ina de cada trimestre, de los ingresos y gastos del presupuesto, y de
us estados . complementarios, con indicación de los derechos
/recaudados del ejercicio corriente y de los ejercicios cerrados y las
/ desviaciones respecto a las previsiones.
Los estados de ejecución, para el mismo período, de los ingresos y
gastos, para las entidades sujetas al Plan General de Contabilidad de
Empresas o a sus adaptaciones sectoriales.
6. La situación de los compromisos de gastos pluríanuales y la
ejecución del anexo de inversiones y su financiación.
7. El informe trimestral, regulado en el artículo 4 de la Ley 15/2010, de
5 de julío, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la
que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las
operaciones comerciales.
8. Las actualizaciones de su Plan de tesorería y detalle de las
operaciones de deuda viva que contendrá al menos información
relativa a:
Pleno - 23/11/23
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