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artículos 240 y 241 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado por el
Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de 29.4.05).
Expediente: N* 11/2023
Asunto: DACION DE CUENTAS DEL INFORME DEFINITIVO
DE AUDITORÍA DE CUENTAS DEL ORGANISMO
AUTÓNOMO GERENCIA MUNICIPAL DE
URBANISMO EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN EL
RD 424/2017 POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN
JURÍDICO DEL CONTROL INTERNO DE LAS
ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL.
Interesado: Expediente iniciado de oficio por la Intervención
Municipal.
Procedimiento: Ordinario.
Examinado el procedimiento de referencia, y de acuerdo con los
FUNDAMENTOS DE DERECHO que figuran a continuación:
PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Real
Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del
control interno del Sector Público Local, los resultados de cada una de las
auditorías desarrolladas por el órgano Interventor, se documentarán en
informes escritos, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
e Elórgano interventor deberá elaborar un informe de auditoría con carácier
provisional, que será remitido al titular del órgano gestor, concediendo a éste
un plazo de quince días hábiles podrá efectuar las alegaciones que considere
convenientes.
e Sobre fa base del informe provisional, y en su caso, de las alegaciones
O del órgano gestor, se emitirá el informe de auditoría definitivo, en el
comprobados, las conclusiones obtenidas y, en su caso, las recomendaciones
¿oropesa sobre las actuaciones objeto de control.
ÉL L SEGUNDO: El artículo 36.1 del Real Decreto 424/2017, por su parte,
establece que los informes definitivos de control financiero serán remitidos por
el órgano interventor al gestor directo de la actividad econóámico-financiera
controlada y al Presidente de la Entidad Local, así como, a través de este
último, al Pleno para su conocimiento, El análisis del informe constituirá un
punto independiente en el orden del día de la correspondiente sesión
plenaria.
TERCERO: El presente informe definitivo de auditoría de cuentas, suscrito el
2 de febrero de 2023 por la Viceinterventora en funciones de Interventora
General y el técnico adscrito a control financiero, además de ser remitido al
correspondiente gestor directo, se trasladó con fecha 26 de abril de 2023 a
Alcaldía y Secretaría General, con objeto de que este fuera incluido en el
orden del día del primer Pleno Municipal celebrado y con ello proceder a dar
cuenta del mismo.
Pleno - 23/11/23
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