Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 597

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

← Catálogo

Fuente
plenos
ir al original ↗
Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
40 con texto de 40
Huella sha256 del fichero
73d55beac7c809263d8298d07e9504bc2e30fa318df2bc7c36dd521e64193632

URL estable de esta ficha: http://auditoria.mlopezpalma.es/v6/documento/597

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40

Esto dice el papel

sin escaneo guardado

De este documento no se conserva imagen. Solo se guardan las páginas que pasaron por revisión visual — 140 de todo el catálogo—, así que para la mayoría el papel hay que verlo en su fuente.

Ver el documento original ↗

Se abre en el portal donde lo publicó la administración. Comprueba que su huella sha256 sigue siendo 73d55beac7c80926… si quieres asegurarte de que no ha cambiado desde que lo capturamos.

Esto hemos leído

Texto propio del PDF: lectura sin pérdida.

Ayuntamiento de Móstoles Se relatan los Antecedentes que figuran a continuación: Primero.- Los referidos en el Proyecto de Ordenanza, que fue aprobado por la Junta de Gobierno Local en su sesión celebrada el día 19 de junio de 2012 y al informe jurídico de fecha 7 de junio de 2012. Segundo.- La aprobación inicial de la Modificación de esta Ordenanza por la Corporación Pleno tuvo lugar en su sesión celebrada el 28 de junio de 2012 bajo el epígrafe 9/105. Tercero.- Esta Ordenanza ha sido sometida a información pública, por plazo de 30 días, según consta debidamente acreditado en el expediente; así fue publicado en el número 183 del BOCM del día jueves 2 de agosto de 2012, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Móstoles y en el de todas sus Juntas de Distrito, así como en el de la Gerencia Municipal de Urbanismo, desde el día 4/08/2012 hasta el día 8/09/2012, así como se ha dado traslado del texto a la Asociación La Viña en respuesta a informe de la Secretaría general, recibida el 28/8/2012, no habiendo emitido alegación alguna . Cuarto.- Durante este periodo no ha sido presentada alegación alguna al texto propuesto de acuerdo con la Diligencia presentada por el T.A.G de la Secretaría General con fecha 3/10/2012. Visto los informes técnicos de fecha 6/09/2012 emitido por el Jefe de Sección de Industrias y Actividades del Departamento de Licencias y Obra Privada, a requerimiento de la Subdirectora del Departamento, y el subsiguiente informe de la propia Subdirectora que concluye literalmente: “Los errores y omisiones enumerados en la anterior relación, por su naturaleza pueden considerarse como error material y no constituyen alteración o modificación sustancial del texto inicialmente aprobado, es la traslación de contenido del RD1367/2007, toda vez que por tratarse de Normativa de ámbito estatal son de aplicación se incluyan explícitamente o no en el texto de la Ordenanza. Por tanto, se propone la inclusión de los mismos en el texto definitivo de la Modificación de la Ordenanza que nos ocupa”. Visto el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de Regimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, modificado por el art.1.25 de la Ley 4/1999 de 13 de enero, en que se dice: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos” Es por lo que se PROPONE al Pleno, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 123.1 d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: Resolver lo siguiente: Primero: Ordenar la rectificación de error material existente en el texto de la Modificación de la Ordenanza General de Prevención de la Contaminación Acústica, aprobada inicialmente por éste Órgano en su sesión celebrada el día 28 de junio de 2012, conforme al informe de la Subdirectora que acompaña esta Propuesta. Segundo: Aprobar definitivamente el nuevo texto de la Modificación de la Ordenanza General de Prevención de la Contaminación Acústica, aprobada inicialmente en sesión celebrada el día 28 de junio de 2012, bajo epígrafe 9/105, conteniendo las correcciones de error antedichas. PLENO. – Pág. 11/40

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.