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Ayuntamiento de Móstoles
de la Jefa de la Sección de Planeamiento que puesto que no fue requerida ninguna subsanación
del documento de aprobación inicial, el contenido del Plan Especial coincide literalmente con el
inicialmente aprobado, procede ahora la aprobación definitiva por el Pleno Municipal.
Tercero.- Por todo ello, y vistos los informes técnicos municipales, y salvo mejor fundado en
Derecho, se informa favorablemente la aprobación definitiva, por el Pleno Municipal del Plan
Especial para la mejora de la ordenación pormenorizada establecida por el Plan General en la
Avda. Iker Casillas nº 25 y según lo requerido por el Art. 66 de la Ley del Suelo 9/2001 de la
Comunidad de Madrid que establece:
“Artículo 66. Publicación y vigencia de los Planes de Ordenación Urbanística.
1. Se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse
procedido previamente al depósito del correspondiente Plan de Ordenación Urbanística, o de
su modificación o revisión, en el registro administrativo de la Consejería competente en
materia de ordenación urbanística:
a) El acuerdo de aprobación definitiva, por disposición de la Administración que lo haya
adoptado.
b) El contenido integro de la parte del Plan cuya publicación exija la legislación de régimen
local, por disposición del Municipio o de la Comunidad de Madrid, cuando proceda.
2. Los Planes de Ordenación Urbanística entrarán en vigor en el mismo día de su publicación
en la forma señalada en el punto anterior.
3. Los Planes de Ordenación Urbanística tendrán vigencia indefinida”
Se PROPONE al Pleno
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las competencias que le atribuye el
artículo 123 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el
artículo 92 del Reglamento Orgánico Municipal.
Resolver lo siguiente:
Primero: Aprobación Definitiva del Plan Especial para la mejora de la ordenación pormenorizada
establecida por el Plan General en la Avda. Iker Casillas nº 25.
Segundo: De acuerdo con lo requerido por el Art. 66 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad
de Madrid, remisión del anuncio correspondiente al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Tercero.- Una vez aprobado definitivamente el Plan Especial, se remitirá a la Concejalía de
Patrimonio y Movilidad para que inicie los procedimientos oportunos encaminados a la inscripción
en el Registro de la Propiedad la superficie de cesiones obligatorias de zona verde y viario, de
acuerdo con el presente documento”.
Visto el dictamen de la Comisión de Pleno de Urbanismo de fecha 16 de noviembre de
2012, en sentido favorable.
Tras las opiniones vertidas por los diferentes Grupos o miembros de la Corporación,
que constan en el correspondiente Diario de Sesiones.
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