Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 28 de septiembre de 2023

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2023-09-28
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
61 con texto de 62
Huella sha256 del fichero
96151a7f5a761bcbce776d759d8fa0423c60579285fdf693a6da6dddbfef248c

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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La Corporación Pleno, queda enterada.” 121 129.- DACIÓN DE CUENTAS DEL INFORME RESUMEN ANUAL SOBRE CONTROL INTERNO DEL EJERCICIO 2020, EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN EL R.D. 424/2017 POR EL QUE SE REGULA EL REGIMEN JURÍDICO DEL CONTROL INTERNO DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL. [Los puntos 12/129, 13/130/,14/131 y 15/132 se debaten conjuntamente según acuerdo de la Junta de Portavoces de fecha 22 de septiembre de 2023] Vista la Propuesta de dación de cuenta formulada por el Interventor General y elevada al pleno por el Concejal Delegado de Hacienda y Presidencia, del siguiente contenido literal: “Tramitado el expediente de referencia, el funcionario que uscribe formula la siguiente propuesta de resolución, en umplimiento de lo establecido en los artículos 240 y 241 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de 29.4.05). Expediente: N* 1/2023 (ant. 5/2021) Asunto: DACIÓN DE CUENTAS DEL INFORME RESUMEN ANUAL SOBRE CONTROL INTERNO DEL EJERCICIO 2020, EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN EL R.D 424/2017 POR EL QUE SE REGULA EL REGIMEN JURIDICO DEL CONTROL INTERNO DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO LOCAL Interesado: Expediente iniciado de oficio por fa Intervención Municipal. Procedimiento: Ordinario. Examinado el procedimiento de referencia, y de acuerdo con los FUNDAMENTOS DE DERECHO que figuran a continuación: PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.1 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno del Sector Público Local, el órgano interventor deberá elaborar con carácter anual y con ocasión de la aprobación de la cuenta general, el informe resumen de los resultados del control interno señalado en el artículo 213 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. SEGUNDO: Este informe resumen contendrá los resultados más significativos derivados de las de las actuaciones de control financiero y de función interventora realizadas en el ejercicio anterior Pleno - 28/09/23 Pág. 20/61

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.