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Ayuntamiento de Móstoles
Asunto: DACIÓN DE CUENTAS DEL INFORME
DEFINITIVO DE CONTROL FINANCIERO
PERMANENTE — EN MATERIA — DE
ACREEDORES POR OPERACIONES
PENDIENTES DE APLICAR AL
PRESUPUESTO (CUENTA 413), EN
VIRTUD DE LO DISPUESTO EN EL R.D
424/2017 POR El QUE SE REGULA EL
REGIMEN JURIDICO DEL CONTROL
INTERNO DE LAS ENTIDADES DEL
SECTOR PUBLICO LOCAL.
Interesado: Expediente iniciado de oficio por la
Intervención Municipal.
Procedimiento: Ordinario,
Examinado el procedimiento de referencia, y de acuerdo con los
FUNDAMENTOS DE DERECHO que figuran a continuación:
PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del
Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el
régimen jurídico del control interno del Sector Público Local, los
resultados de las actuaciones de control permanente
desarrolladas por el órgano Interventor, se documentarán en
informes escritos, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
. El órgaño interventor deberá elaborar un informe con
carácter previsional, que será remitido al titular del órgano gestor,
concediendo a éste un plazo de quince días hábiles podrá
efecivar las alegaciones que considere convenientes.
Sobre la base del informe provisional, y en su caso, de las
alegaciones recibidas del órgano gestor, se emitirá el informe
definitivo, en el que se expondrán de forma clara, objetiva y
ponderada los hechos comprobados, las conclusiones obtenidas
y, en su caso, las recomendaciones propuestas sobre las
actuaciones objeto de control.
SEGUNDO: El artículo 36.1 del Real Decreto 424/2017, por su
parte, establece que los informes definitivos de control financiero
serán remitidos por el órgano interventor al gestor directo de la
actividad económico-financiera controlada y al Presidente de la
Entidad Local, así como, a través de este último, al Pleno de la
Corporación, para su conocimiento. El análisis del informe
constituirá un punto independiente en el orden del día de la
correspondiente sesión plenaria.
TERCERO: El presente informe fue redactado por el Interventor
General en fecha 30/3/2021 y remitido a la Alcaldía-Presidencia
por conducto reglamentario el 13/4/2021, tal y como consta en los
documentos obrantes en el expediente. Con ello, la Intervención
Pleno - 28/09/23
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