Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 596

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
40 con texto de 40
Huella sha256 del fichero
5e88740cde403024a6e681fb1a54c7a3ad2df485ebe7bae8446e682f06e8cf8b

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Ayuntamiento de Móstoles Examinado el procedimiento referente a la ratificación del texto definitivo del CONVENIO DE GESTIÓN DE PLANEAMIENTO PARA EL DESARROLLO URBANISTICO DEL ÁMBITO DE ORDENACIÓN SINGULAR AOS-17.2) se han apreciado los Hechos que figuran a continuación: Primero.- La Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el 24 de julio de 2012, adoptó el acuerdo número 2/581 sobre aprobación del inicio de la tramitación del texto del convenio de gestión para el desarrollo urbanístico del ámbito de ordenación singular (AOS-17.2) del Plan General de Ordenación Urbana de Móstoles, a suscribir entre la sociedad Asmobel, S.A. y el Ayuntamiento de Móstoles. Segundo.- Con fecha 23 de agosto de 2012 se remitió a la Secretaría Municipal, Sección de Información y Registro de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Concejalía de Igualdad y Nuevas Tecnologías y a las cinco Junta de Distrito Municipal para su exposición pública. Así mismo se publicó anuncio en el periódico La Gaceta el 24 de septiembre de 2012 y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 1 de octubre de 2012, en el que se reproduce texto completo del mismo. Tercero.- Consta en el expediente comparecencia del representante de la propiedad en la que se manifiesta estar de acuerdo con el texto que se propone como definitivo de fecha 26 de noviembre de 2012. Cuarto,- De acuerdo con el informe técnico emitido por la jefe de la sección técnica de planeamiento de 26 de noviembre de 2012 que consta en el expediente, una vez cumplido el plazo de exposición pública y según informe emitido al respecto por el Jefe de la Sección Información y Registro, de fecha 8 de noviembre de 2012 en el que se indica que no se ha presentado ninguna alegación, de acuerdo con lo anteriormente expuesto, se informa favorablemente la aprobación definitiva del citado texto de inicio del CONVENIO DE GESTIÓN DE PLANEAMIENTO PARA EL DESARROLLO URBANÍSTICO DEL ÁMBITO DE ORDENACIÓN SINGULAR AOS-17.2 La valoración jurídica de los antecedentes expuestos, es la siguiente, de acuerdo con el informe jurídico del Letrado de la Sección Jurídica de fecha 26 de noviembre de 2012, que se reproduce a continuación, es la siguiente: Primero.- Una vez cumplimentado el trámite de información pública, resulta de aplicación lo dispuesto en el apartado 3 y 4 del Art., 247 b) de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, a tenor de los cuales: 3.- Tras la información pública, el órgano que hubiera negociado el convenio deberá, a la vista de la alegaciones, elaborar una propuesta de texto definitivo del convenio, de la que se dará vista a la persona o personas que hubieran negociado y suscrito el texto inicial para su aceptación, reparos o, en su caso, renuncia. 4.- El texto definitivo de los convenios deberá ratificarse: a) Por el Ayuntamiento Pleno cuando se hayan suscrito inicialmente en nombre o representación del Municipio. Segundo.- En el caso de que el convenio resulte aprobado se aplicará lo dispuesto en el apartado 5 del artículo al que se viene haciendo referencia, a tenor del cual: PLENO. 2012.12.12 Pág. 12/40

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.