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- 2026-07-22 08:44
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Ayuntamiento de Móstoles
Segundo.- La vigencia y eficacia jurídica del presente Plan Especial queda condicionado a que
haya sido cumplida la estipulación 8ª del citado Convenio de Gestión para el desarrollo
urbanístico del ámbito de ordenación singular 17.2.
Tercero: Las obras de remodelación viaria y de zonas verdes que se deriven del presente
documento serán por cuenta de los promotores del mismo. Dichas obras deberán ser
recepcionadas por el Ayuntamiento de Móstoles, y por tanto ejecutadas de acuerdo con la
Normativa municipal. Todo ello de acuerdo con lo establecido por el artículo 20 y concordantes
de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid.
En el expediente de concesión de licencias de obras que se tramiten en aplicación del presente
Plan Especial, se deberá presentar Certificación de inscripción en el Registro de la Propiedad de
la cesión a favor del Ayuntamiento de Móstoles la superficie de cesiones obligatorias de zona
verde y viario, de acuerdo con el presente documento.
Cuarto: Publicar esta aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en
los términos previstos en el artículo 66 de la L.S.C.M y notificar el Acuerdo a los interesados”.
Visto el dictamen de la Comisión de Pleno de Urbanismo de fecha 4 de diciembre
de 2012 en sentido favorable.
Tras las opiniones vertidas por los diferentes Grupos o miembros de la Corporación,
que constan en el correspondiente Diario de Sesiones.
La Corporación Pleno, por dieciséis votos a favor (correspondientes al Grupo
Municipal Popular), tres votos en contra (correspondientes al Grupo Municipal Izquierda Unida-
Los Verdes) y siete abstenciones (correspondientes al Grupo Municipal Socialista) , acuerda la
aprobación de la propuesta de resolución anteriormente transcrita.
El texto del Plan Especial que se aprueba consta en el expediente rubricado
marginalmente por el Secretario General como fedatario.
“11 242.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA Nº
1105/2011 DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID, SALA DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN PRIMERA, EN EL P.O. 641/2009,
ESTIMANDO PARCIALMENTE EL RECURSO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO INTERPUESTO POR LA MERCANTIL FORJADOS
CUBIERTAS S.A, CONTRA EL ACUERDO DE FECHA 27 DE MARZO DE 2009
DICTADO POR LA COMISIÓN DE URBANISMO DE LA COMUNIDAD DE
MADRID POR LA QUE SE APRUEBA DEFINITIVAMENTE LA REVISIÓN Y
ADAPTACIÓN DEL PGOUM. EXP. P21/2012.
Vista la propuesta de Resolución formulada por el Departamento de Planeamiento
y Gestión y por el Coordinador General de Urbanismo y elevada al Pleno por el Concejal
Delegado de Urbanismo y Vivienda, del siguiente contenido literal:
PLENO. 2012.12.12
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Con qué se relaciona este documento
No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con
garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.