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Ayuntamiento de Móstoles
Consistorial, de las Juntas de Distrito y Web municipal entre el 27 de agosto y el 28 de
septiembre de 2012.
Cuarto.- Durante el periodo de información pública y audiencia a los interesados no fue
presentada ninguna reclamación, de acuerdo con el informe del Jefe de la Sección de Registro e
Información de 21 de noviembre de 2012.
Quinto.- Con fecha 26 de noviembre de 2012 se emite informe técnico por la Jefa de la Sección
de Planeamiento de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en el sentido de que el documento del
Plan Especial que se tramita para aprobación definitiva cumple los requerimientos del acuerdo de
aprobación inicial, por lo que se informa favorablemente su aprobación.
Con fecha 26 de noviembre de 2012 se emite informe jurídico, favorable, por el Letrado de la
Sección Jurídica de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
La valoración jurídica de los hechos expuestos es la siguiente:
Primero.- El Plan Especial promovido a iniciativa particular por D. José Luis Arribas Sánchez,
contiene todas las determinaciones y documentación necesaria exigida para los mismos en el
artículo 51 y 52 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, (L.S.C.M) y 77 del Reglamento del
Planeamiento Urbanístico, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio; así como en el
Plan General de Ordenación Urbana de Móstoles, Revisión y Adaptación, aprobada
definitivamente por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 15 de enero
de 2009 (B.O.C.M, de 6-4-09).
Segundo.- Así mismo, el objeto de este Plan Especial, indicado en los antecedentes de hecho,
responde a las finalidades previstas para este tipo de instrumentos de planeamiento en el artículo
50.1 y de acuerdo con la tramitación establecida en el Art. 59 de la L.S.C.M, así como a lo
establecido en el Tomo 7 de Gestión del vigente Plan General.
Tercero.- Según consta en los antecedentes de hechos mencionados, tras la aprobación inicial se
sometió este Plan Especial al trámite reglamentario de información pública y audiencia a los
interesados.
Cuarto.- Habiendo sido emitidos los preceptivos informes técnicos y jurídico, considerando el
Convenio de Gestión para el desarrollo urbanístico del ámbito de ordenación singular 17.2 y
cumplimentados los requisitos previstos tanto en la normativa urbanística como en el Reglamento
Municipal de Procedimientos Administrativos aprobado por Acuerdo del Pleno de 14 de mayo de
2009, que propone la estimación del documento presentado para su aprobación definitiva.
Se PROPONE al Pleno
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las competencias que le atribuye el
artículo 123.1 i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local se
propone
Resolver lo siguiente:
Primero: Aprobación Definitiva del Plan Especial del Ámbito de Ordenación Singular AOS-17.2
del Plan General de Ordenación Urbana de Móstoles.
PLENO. 2012.12.12
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