Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 596

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
40 con texto de 40
Huella sha256 del fichero
5e88740cde403024a6e681fb1a54c7a3ad2df485ebe7bae8446e682f06e8cf8b

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Ayuntamiento de Móstoles Tal como se solicita en el citado informe del Director de Urbanismo y Planificación Regional, considerando que se trata de incorporar los mismos parámetros que ya constan en el Plan General vigente que mejoran los existentes en el Plan General revisado, con lo que bastaría un acuerdo plenario y su remisión a la Comunidad para que tome conocimiento la Comisión de Urbanismo…” La valoración jurídica de los antecedentes expuestos, es la siguiente, de acuerdo con el informe jurídico de la Jefa de la Sección Jurídica, que se reproduce a continuación, es la siguiente: El artículo 18.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con lo dispuesto 24.1 y 17.3 de la Constitución Española, establece que “las Sentencias se ejecutarán en sus propios términos”, que en el presente supuesto son los que se contienen en el informe de la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid. El artículo 105,1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa no da opción a la Administración para inejecutar o suspender total o parcialmente las Sentencias, pues el artículo 118 de la Constitución Española le obliga a cumplirlas de acuerdo con su contenido dispositivo, y si así no lo hiciere, será el propio Tribunal el que deberá ejercer las atribuciones previstas en los artículos 105.6 y 110.2 de la LJCA. Por todo ello, en ejecución de la sentencia indicada, y dado, según se desprende del informe del Director de Planeamiento de este Organismo, que no ha debido innovarse parámetro alguno que no estuviera recogido en el Plan General vigente en consonancia con el contenido del informe de la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid también indicado, habrá de ser aprobada por el Pleno propuesta que recoja los términos contenidos en el informe del Director de Planeamiento, y posteriormente remitir certificado del Acuerdo así adoptado a la Comunidad de Madrid para su toma de conocimiento por la Comisión de Urbanismo Se PROPONE al Pleno De acuerdo con lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 123 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 92 del Reglamento Orgánico Municipal. Resolver lo siguiente: Primero.- Dar cumplimiento a la sentencia nº 1105/2011 de la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Primera del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, procedimiento 641/2009, de acuerdo con los informes anterior, incorporando a la ficha de la UG-16 en el apartado 7.1 del “Tomo 7 Gestión” del vigente Plan General de Ordenación Urbana los parámetros existentes en la ordenanza ZU-TC1, siguientes: PARAMETROS UG-16 PGOU-2009 Alineaciones Plano 9.46 Edificabilidad 8.000 m2c 8.000 m2c ZU-TC1 Ocupación 70 % Altura 12 m. Retranqueos -------- Parcela mínima 1.000 m2s PLENO. 2012.12.12 Pág. 18/40

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.