Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 596

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

← Catálogo

Fuente
plenos
ir al original ↗
Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
40 con texto de 40
Huella sha256 del fichero
5e88740cde403024a6e681fb1a54c7a3ad2df485ebe7bae8446e682f06e8cf8b

URL estable de esta ficha: http://auditoria.mlopezpalma.es/v6/documento/596

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40

Esto dice el papel

sin escaneo guardado

De este documento no se conserva imagen. Solo se guardan las páginas que pasaron por revisión visual — 140 de todo el catálogo—, así que para la mayoría el papel hay que verlo en su fuente.

Ver el documento original ↗

Se abre en el portal donde lo publicó la administración. Comprueba que su huella sha256 sigue siendo 5e88740cde403024… si quieres asegurarte de que no ha cambiado desde que lo capturamos.

Esto hemos leído

Texto propio del PDF: lectura sin pérdida.

Ayuntamiento de Móstoles que más uso hacen de ella. Con estas nuevas tarifas y en función de la renta per capita, la ciudad de Móstoles se verá duramente afectada por encontrarse un gran número de mostoleños entre los ciudadanos españoles, que en relación a su nivel medio de vida, más van a ver impedido el acceso a la justicia por el encarecimiento de las tasas judiciales. El precipitado anuncio de una moratoria de su entrada en vigor es un reflejo más de las deficiencias formales y materiales de la Ley observadas tanto en su contenido, como en la gestión de su tramitación y entrada en vigor. El consenso social, político y profesional que ha suscitado el rechazo de la norma es síntoma claro de la gravedad de la situación y la gravedad del contexto en el que se aprueba. Tal y como recoge el artículo 24 de la Constitución Española, todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión, el acceso a la justicia por parte de los ciudadanos españoles debe estar garantizado. Por esta razón el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados ha recurrido al Tribunal Constitucional esta Ley que aumenta de forma desproporcionada las tasas judiciales, sólo permitirá acudir a los tribunales para defender sus derechos a quienes tengan recursos económicos. Es por todo ello y a tenor del art. 96 del Reglamento Orgánico del Pleno, el Grupo Municipal Socialista presenta la siguiente moción para su consideración y aprobación por el pleno municipal de los siguientes acuerdos: 1. Mostrar nuestra oposición a la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan las nuevas Tasas Judiciales por ser perjudiciales para los ciudadanos españoles y en mayor medida para ciudades con rentas medias-bajas como es la ciudad de Móstoles. 2. Instar al Gobierno de España para que retire esta Ley de Tasas Judiciales tan injusta y desproporcionada y se retrotraigan las tasas judiciales. 3. De los presentes acuerdos dar traslado al Gobierno de España, a los grupos políticos del Congreso y del Senado y al Consejo General del Poder Judicial”. Tras las opiniones vertidas por los diferentes Grupos o miembros de la Corporación, que constan en el correspondiente Diario de Sesiones. Sometida a votación la Moción indicada, se obtienen diez votos a favor (siete correspondientes al Grupo Municipal Socialista y tres al Grupo Municipal Izquierda Unida Los Verdes) y dieciséis votos en contra (correspondientes al Grupo Municipal Popular), por lo que la misma resulta rechazada. 17/ 248.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA EN RELACIÓN A LA RED DE CENTROS DE SECUNDARIA, BACHILLERATO Y FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL MUNICIPIO. Vista la moción presentada por el Portavoz del Grupo Municipal Socialista del siguiente contenido literal: PLENO. 2012.12.12 Pág. 36/40

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.