Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 596

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

← Catálogo

Fuente
plenos
ir al original ↗
Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
40 con texto de 40
Huella sha256 del fichero
5e88740cde403024a6e681fb1a54c7a3ad2df485ebe7bae8446e682f06e8cf8b

URL estable de esta ficha: http://auditoria.mlopezpalma.es/v6/documento/596

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40

Esto dice el papel

sin escaneo guardado

De este documento no se conserva imagen. Solo se guardan las páginas que pasaron por revisión visual — 140 de todo el catálogo—, así que para la mayoría el papel hay que verlo en su fuente.

Ver el documento original ↗

Se abre en el portal donde lo publicó la administración. Comprueba que su huella sha256 sigue siendo 5e88740cde403024… si quieres asegurarte de que no ha cambiado desde que lo capturamos.

Esto hemos leído

Texto propio del PDF: lectura sin pérdida.

Ayuntamiento de Móstoles c) De conformidad con el artículo 13 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, no podrá reconocerse compatibilidad alguna para actividades privadas a quienes se le hubiera autorizado la compatibilidad para un segundo puesto o actividad públicos. d) De conformidad con el artículo 15 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, el trabajador no podrá invocar o hacer uso de su condición pública para el ejercicio de la actividad que va a desarrollar. e) De conformidad con el artículo 16 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, solo podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades cuando el puesto de trabajo del trabajador en cuestión comporten la percepción de complementos específicos, o concepto equiparable, cuya cuantía no supere el 30% de su retribución básica, excluidos los concepto que tengan su origen en la antigüedad. CONSIDERANDO que según los datos obrantes en el Departamento de Personal que se incorporan al presente expediente, el citado trabajador no tiene asignadas retribuciones por Complemento específico o equiparable, no es de aplicación por tanto la limitación del artículo 16.4 de la citada Ley de Incompatibilidades. Es por lo que viene a someter a la consideración y aprobación, si procede, de la Corporación Pleno la adopción del siguiente acuerdo: “Aprobación de concesión de compatibilidad de D. Angel Luis García Lechago, personal laboral del Ayuntamiento, con la categoría profesional de Profesor de Música adscrito al Conservatorio Municipal ”Rodolfo Halffter”, con las limitaciones expuestas.”” Visto el dictamen de la Comisión de Pleno de Economía, Recursos Humanos y Administración Pública de fecha 5 de diciembre de 2012 en sentido favorable. La Corporación Pleno, por unanimidad de sus miembros, acuerda la aprobación de la propuesta de resolución anteriormente transcrita. 13/ 244.- RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS Y APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES PARA 2013, APROBADA PROVISIONALMENTE POR ACUERDO DEL PLENO DE 25 DE OCTUBRE DE 2012. Vista la propuesta de Resolución formulada por el Director General de Gestión Tributaria y Recaudación y por la Jefa de la Unidad de Ingresos y Coordinación y elevada al Pleno por el Concejal Delegado de Hacienda y Presidencia, del siguiente contenido literal: “A efectos de la tramitación del presente expediente de referencia, se formula la siguiente propuesta de resolución, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 241, en relación con el artículo 92 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de 29.4.05). Asunto Escrito de reclamaciones al acuerdo provisional de modificación de las Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2013. PLENO. 2012.12.12 Pág. 20/40

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.