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Ayuntamiento de Móstoles
c) De conformidad con el artículo 13 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, no podrá
reconocerse compatibilidad alguna para actividades privadas a quienes se le hubiera
autorizado la compatibilidad para un segundo puesto o actividad públicos.
d) De conformidad con el artículo 15 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, el trabajador no
podrá invocar o hacer uso de su condición pública para el ejercicio de la actividad que va a
desarrollar.
e) De conformidad con el artículo 16 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, solo podrá
reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades cuando el puesto de trabajo del
trabajador en cuestión comporten la percepción de complementos específicos, o concepto
equiparable, cuya cuantía no supere el 30% de su retribución básica, excluidos los
concepto que tengan su origen en la antigüedad.
CONSIDERANDO que según los datos obrantes en el Departamento de Personal que se
incorporan al presente expediente, el citado trabajador no tiene asignadas retribuciones por
Complemento específico o equiparable, no es de aplicación por tanto la limitación del artículo
16.4 de la citada Ley de Incompatibilidades.
Es por lo que viene a someter a la consideración y aprobación, si procede, de la Corporación
Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
“Aprobación de concesión de compatibilidad de D. Angel Luis García Lechago, personal laboral
del Ayuntamiento, con la categoría profesional de Profesor de Música adscrito al Conservatorio
Municipal ”Rodolfo Halffter”, con las limitaciones expuestas.””
Visto el dictamen de la Comisión de Pleno de Economía, Recursos Humanos y
Administración Pública de fecha 5 de diciembre de 2012 en sentido favorable.
La Corporación Pleno, por unanimidad de sus miembros, acuerda la aprobación
de la propuesta de resolución anteriormente transcrita.
13/ 244.- RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS Y APROBACIÓN
DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES PARA
2013, APROBADA PROVISIONALMENTE POR ACUERDO DEL PLENO DE 25
DE OCTUBRE DE 2012.
Vista la propuesta de Resolución formulada por el Director General de Gestión
Tributaria y Recaudación y por la Jefa de la Unidad de Ingresos y Coordinación y elevada al
Pleno por el Concejal Delegado de Hacienda y Presidencia, del siguiente contenido literal:
“A efectos de la tramitación del presente expediente de referencia, se formula la siguiente
propuesta de resolución, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 241, en relación con el
artículo 92 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado por el Pleno en sesión de 31 de
marzo de 2005 (BOCM de 29.4.05).
Asunto Escrito de reclamaciones al acuerdo provisional de modificación de las
Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2013.
PLENO. 2012.12.12
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