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Ayuntamiento de Móstoles
Interesado Expediente a instancia del GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA.
Procedimiento Especial, modificación de Disposición de Carácter General (Ordenanzas).
Fecha de iniciación 10 de Abril de 2012
Examinado el procedimiento iniciado a instancia del GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA referente
al escrito de reclamaciones al acuerdo provisional de modificación Ordenanza Fiscales para el
ejercicio 2013.
Se relatan los Antecedentes que figuran a continuación:
Primero.- Por acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de
Octubre de 2012, se resolvió aprobar provisionalmente la modificación de las Ordenanzas
Fiscales para el ejercicio 2013 que han de regir a partir del 1º de Enero de 2013, y, de
conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, someter el mismo,
junto con su expediente, “a información pública por plazo de treinta días, mediante la inserción de
anuncios en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Tablón de Edictos Municipal y en
un diario de los de mayor difusión de la Comunidad Autónoma de Madrid, dentro de los cuales los
interesados podían examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
En el caso de que durante el periodo de información pública no se hubieran presentado ninguna
reclamación o sugerencia, se entenderán adoptados con carecer definitivo los anteriores
acuerdos, no entrando en vigor hasta que se haya publicado íntegramente el texto de las
modificaciones acordadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid”.
Segundo.- Estando en periodo de exposición pública para la presentación de reclamaciones
contra el expediente de aprobación provisional, se han presentado reclamaciones contra el
acuerdo de aprobación provisional de modificación, adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en su
sesión de 25 de Octubre de de 2012, y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 259, de 30 de Octubre de 2012.
A continuación se relacionan las reclamaciones que se citan, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 74 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por orden de su presentación en el Registro
General, o en los auxiliares de los distritos,
1) POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA:
Las reclamaciones que presenta el grupo municipal socialista el día 29 de Noviembre de 2012,
registro de entrada nº 63006 son las siguientes:
“ORDENANZA FISCAL GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN.
Reclamación 1. Elevar hasta el 5 por ciento la bonificación prevista en el artículo 96.2 de la
Ordenanza establecida al amparo del artículo 9 del Real Decreto Legislativo 2/2004 en aquellos
supuestos en los que el sujeto pasivo, que opte por la domiciliación bancaria de sus deudas
tributarias, se encuentre en situación de desempleo.
Reclamación 2. Establecer en la Ordenanza la regulación necesaria para elaborar un Plan
Personalizado de Tributos Municipales para los ciudadanos que tengan problemas para hacer
frente al pago de los compromisos adquiridos para la compra de sus viviendas habituales, para
los que estén en procesos de desahucios o hayan sido desahuciados.
ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.
Reclamación 3. Establecer el 0,64 por ciento como tipo de gravamen para los bienes inmuebles
de naturaleza urbana.
PLENO. 2012.12.12
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